VISTA EN EL TRIBUNAL SUPREMO
Batasuna y Sortu son y no existen, existen y no son
Los tribunales decretaron la «muerte civil» de Batasuna pero asumen que continúa muy viva; mientras, Sortu ha surgido pero sigue sin partida de nacimiento, y eso hace que por el momento tampoco exista jurídicamente.
Ramón SOLA
Este titular no es un juego de palabras, sino el resumen del absurdo provocado por la ilegalización y cuya víctima es la izquierda abertzale. Un sinsentido derivado de querer suprimir de un plumazo jurídico lo que es una realidad social muy amplia, y cuyo efecto es que Batasuna existe pero no es y Sortu es pero por ahora no existe. O viceversa, vete a saber.
Sorprendió primero que al inicio de la vista los jueces preguntaran si había comparecido el abogado de Batasuna. Los tribunales españoles hace años que dictaron la «muerte civil» de este partido, y de hecho muchas personas han sido detenidas y encarceladas bajo la acusación de representar a Batasuna. O sea, no existe para ellos, pero sí puede concurrir ante el mismísimo Supremo. ¿Quién lo entiende?
Los policías y guardias civiles han hablado largo y tendido sobre Batasuna en esta vista. Para ello han tenido que explicar primero a los jueces que, aunque no exista, sí existe e incluso tiene gran actividad. Un agente explicó que les hubiera sido imposible hacer seguimiento de todo el debate interno: «Buff, ¡si hay 500 pueblos! Participaron unas 7.000 personas», indicó. De paso, han admitido también que Batasuna «nunca ha practicado la lucha armada». Y en sus explicaciones se ha remarcado la intensa dialéctica, e incluso disputa, entre Batasuna y ETA. Pero, ¿no quedaron los tribunales en que eran la misma cosa?
¿Y Sortu? Pues le pasa lo contrario. Si los tribunales españoles han «matado» a Batasuna pero no han podido impedir que siga muy viva, el nuevo partido ha nacido pero todavía no existe en la medida en que no se le ha dado partida de nacimiento jurídica. Y esta situación tiene repercusiones prácticas muy graves: por ejemplo, si tras esta vista el Tribunal Supremo diera la razón a la Fiscalía y la Abogacía del Estado y prohibiera la inscripción legal de Sortu, éste no podría pedir una suspensión cautelar de la decisión a la espera del último dictamen del Constitucional para poder concurrir a las elecciones de mayo. No podría hacerlo porque simplemente Sortu no existe, aunque también sea muy real.