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La SEPI sostiene que los prejubilados no tienen las garantías pactadas en 2008

La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales afirmó ayer que los trabajadores de Babcock incluidos en el ERE de 2004 y llamados al trabajo tras la anulación de ese expediente «no pueden estar contemplados» en el ámbito de las garantías laborales suscrito en 2008 con los sindicatos.

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GARA | BILBO

El Tribunal Supremo anuló el pasado 22 de febrero el ERE de 2004, que afectaba a 258 trabajadores de la fábrica de Trapagaran al considerar que la competente en este caso no es la autoridad laboral del Estado, que es la que aprobó el expediente, sino la de la Comunidad Autónoma Vasca.

En una nota, la SEPI señala que la sentencia del Supremo «no entra en el fondo» del ERE, sino que lo anula «por una cuestión formal de competencias entre la autoridad laboral del Estado que aprobó el expediente y la de la Administración Vasca».

La SEPI entiende que la ejecución de esta sentencia «corresponde a la Administración Pública que dictó el auto anulado, es decir, la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo» y que, «a continuación, se precisa el pronunciamiento de la Autoridad laboral vasca».

«Ninguna de ambas cosas aún se ha producido», recalca.

«En cualquier caso -continúa la SEPI-, los trabajadores incluidos en el ERE del año 2004, con su contrato de trabajo extinguido en esa fecha y dados de alta por la empresa el 1 de abril de 2011, no pueden estar contemplados en el ámbito de las garantías laborales que firmó la SEPI con las federaciones sindicales en julio de 2008».

Además, señala que las pólizas de seguro que financió en 2005 «para hacer frente a los compromisos adquiridos con los trabajadores incluidos en el ERE de 2004, sólo podrán destinarse al fin indicado y nunca a acrecentar el activo de la masa del concurso de Babcock Power España».

Por su parte, el director de Desarrollo Industrial del Departamento de Industria, Juan Garayar, aseguraba el martes que pese a que el expediente de extinción de 2004 es nulo, ello «no anula los despidos, es decir, que los trabajadores que habían cobrado sus despidos, pensiones, paro, etcétera, no tiene que devolver ningún tipo de ayuda» ya que «los derechos adquiridos se mantienen».

«Además, una vez negociado el actual expediente de extinción, estos prejubilados pasarán a coger las garantías de 2004», señaló.

Nuevo expediente

Entretanto, el comité de empresa recogió ayer en los juzgados de Bilbo el nuevo expediente de extinción para estos 258 trabajadores. «Hoy se hace oficial el nuevo expediente de extinción», puso de manifiesto el presidente del comité de empresa, Alfonso Bustamante, tras recoger en el Juzgado de lo Mercantil número 2 la documentación relativa al nuevo ERE. A partir de hoy, comienza el periodo de consultas correspondiente al expediente de extinción para los trabajadores obligados a regresar a Babcock.

Mientras se inicia la tramitación del nuevo ERE, el comité de empresa está a la espera de la resolución judicial correspondiente al ERE anteriormente presentado por la empresa para despedir a los cerca de cuatrocientos trabajadores en activo.

Babcock Power se encuentra en fase de liquidación y en la actualidad no tiene apenas actividad. Sólo trabaja un grupo de operarios de la sección de valvulería para terminar un pedido para un cliente relacionado con la energía nuclear. Cuando se termine el contrato, previsto en septiembre, se cerrará toda la compañía.

DEVOLUCIONES

Lakua asegura que pese a que el expediente de extinción de 2004 es nulo, ello «no anula los despidos, es decir, que los trabajadores que habían cobrado sus despidos, pensiones, paro, etcétera, no tendrán que devolver ningún tipo de ayuda».

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