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Persecución al independentismo

Sortu recurre ante el TC su «ilegalización preventiva»

Los abogados de la formación independentista sostienen que la prohibición de la inscripción en el registro se hizo en base a «sospechas» no probadas, vulnerando derechos fundamentales y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de la Corte Europea de Derechos Humanos

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Iñaki IRIONDO | GASTEIZ

El abogado Iñigo Iruin registró ayer al mediodía en el Tribunal Constitucional español el recurso de amparo que firma junto al letrado Adolfo Araiz. En el texto hacen un detallado repaso de las vulneraciones de derechos y las omisiones legales en las que incurrió la Sala del 61 del Supremo para prohibir la inscripción de Sortu en el registro de partidos políticos. El recurso no sólo repasa abundante jurisprudencia tanto del Estado español como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sino que se apoya también en la última sentencia del TC que legalizó Bildu y en el voto particular del auto del TS que prohibió Sortu.

El recurso denuncia que el Supremo realizó una «ilegalización preventiva», puesto que prohibió un partido sin atender a «sus actividades y conductas», pues éstas no han tenido tiempo de ejecutarse.

La Sala del 61 decretó que Sortu era una sucesión de partidos ilegalizados previamente, pero ni siquiera se molestó en analizar si se daban los criterios que establece la ley y que son «la similitud sustancial de ambos partidos políticos, de sus estructura, organización y funcionamiento, de las personas que las componen, rigen, representan o administran, de la procedencia de los medios de financiación o materiales, o de cualesquiera otras circunstancias relevantes, como su disposición a apoyar la violencia o el terrorismo».

Además, los abogados de Sortu sostienen que en el auto por el que el Tribunal Supremo prohibió la inscripción del partido tampoco se analizaron sus estatutos, ni se tomaron en cuenta los actos y tomas de postura de sus promotores ni de otros miembros de la izquierda abertzale. Critican que tampoco se valorara el «contraindicio del rechazo a la violencia de ETA y su carácter concluyente». Sólo hubo «sospechas y convicciones», en lugar de «datos debidamente acreditados».

Por todo ello, recurren al Tribunal Constitucional puesto que constatan que el Supremo ha vulnerado el derecho de asociación concretado en el derecho de creación de partidos políticos, en relación con los derechos a la libertad ideológica, la libertad de expresión y la participación política, en cuanto medios de articulación y expresión del pluralismo político.

La sentencia de Bildu

El recurso de Sortu no duda en apoyarse en la reciente sentencia del propio Tribunal Constitucional que permitió la presencia electoral de Bildu, pero también en otras anteriores.

Por ejemplo, recuerda que en 2004 el TC estableció que prohibir un partido antes de que pudiera tener alguna actividad constituiría «un juicio de intenciones que pugnaría groseramente con el régimen de libertad de partidos».

En cuanto a lo que considera una «ilegalización preventiva», recurre a uno de los párrafos más determinantes de la sentencia sobre Bildu, en el que el Constitucional sostiene que «la pretensión de asegurar a ultranza, mediante controles preventivos, la seguridad del Estado constitucional pone muy en primer lugar en riesgo al propio Estado constitucional. Tal pretensión resulta además desproporcionada a la vista de la panoplia de instrumentos de control a posteriori de que se ha dotado, mediante las últimas reformas legales, nuestro ordenamiento».

En opinión de los recurrentes, la prohibición del Tribunal Supremo sólo se sustenta en identificar a la izquierda abertzale directamente con Batasuna y, por lo tanto, todo lo que tenga relación con la izquierda abertzale puede considerarse ligado a la formación ilegalizada.

Y, en ese punto, Iñigo Iruin y Adolfo Araiz también vuelven a traer a colación la reciente sentencia de Bildu, en la que el TC señala, por un lado, que «ni los promotores, dirigentes o afiliados de los partidos políticos ilegalizados están privados como consecuencia de esa ilegalización del derecho de participación política ni de la acción política en el marco del sistema »; y, por otro, rechaza de manera taxativa la identificación entre izquierda abertzale y Batasuna.

Interpretación arbitraria

Sortu considera «alarmante» que el Tribunal Supremo ni siquiera analizara sus estatutos y que despachara el rechazo a la violencia señalando que tenía «carácter instrumental».

Sus abogados denuncian también que se haya realizado una interpretación «errónea y arbitraria» de la documentación que se atribuye a ETA y a la izquierda abertzale, tomando -como señaló en su día el voto particular del TS- sólo aquellos indicios que reforzaban la tesis ilegalizadora y desechando los que la contradecían.

Los recurrentes sostienen que «la prueba indiciaria carece de la solidez y rigor exigibles» para ilegalizar un partido. Por contra, el contenido de los estatutos y los posicionamientos posteriores de los promotores de Sortu deben dar lugar a la «presunción de constitucionalidad».

Recuerdan, como lo hizo el propio TC en el caso de Bildu, que, si existiera un fraude de ley, el Estado cuenta en la actualidad con elementos nuevos de respuesta introducidos en las últimas reformas legales.

Por todo ello, Sortu pide su inscripción en el registro de partidos. A partir de ahora, el TC debe decidir primero la admisión a trámite del recurso y después no tiene plazo alguno para tomar una decisión.

sin plazos

El Tribunal Constitucional no tiene plazo para pronunciarse sobre la legalización de Sortu. Primero debe admitir a trámite la demanda y después pueden pasar meses antes de que adopte una decisión.

la «bola» de mayor

Mayor Oreja ve claro el futuro. Pronto se legalizará Sortu y luego se creará una mesa de partidos para hablar de la autodeterminación, porque todo esto «es un proyecto pactado entre ETA y el Gobierno», y Rubalcaba, el encargado de «blindarlo».

Die Linke propone la legalización como paso hacia la paz

El grupo parlamentario del partido de izquierda Die Linke en el Bundestag hizo pública una nota en la que defiende «el derecho del movimiento independentista vasco a la participación democrática»

Si bien se felicita por la legalización de la coalición Bildu, añade que «para posibilitar un proceso de paz es necesario, asimismo, que sea legalizado el partido Sortu».

Denuncia que, pese a que Sortu rechaza la violencia, «con el objetivo de ilegalizarlo se intenta presentarlo como parte integrante de una estrategia de ETA».

Die Linke condena «el terror de ETA», pero «al mismo tiempo condenamos la represión y la tortura por parte del Estado español, constatada, entre otros, por el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura. Debe ponerse fin a ambas para posibilitar de una vez por todas una solución pacífica y política del conflicto, que se extiende desde hace décadas».

La nota de Die Linke concluye que «la declaración de un alto el fuego unilateral y permanente de ETA el pasado mes de enero representa un primer paso en esa dirección. Otro paso más sería la legalización de Sortu». Y aboga por «la vía de la negociación» para lograr una «solución pacífica y democrática».

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