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Xabier Makazaga Autor de «Manual del torturador español»

Una sorprendente sentencia

Esta sentencia del Supremo puede que no sea sino flor de un día, pero la verdad es que hay buenos motivos para la esperanza, porque últimamente desde instancias internacionales se han recrudecido las denuncias sobre la inacción de las autoridades españolas

El contenido de la sentencia del Tribunal Supremo que ha absuelto a cuatro ciudadanos vascos, condenados con anterioridad por la Audiencia Nacional, me ha dejado boquiabierto. No es para menos, porque no me termino de creer que semejante tribunal, que un día después ha vuelto a dejar muy claro de qué pie cojea en otra sentencia sobre fotos de presos vascos, haga ciertas afirmaciones.

Por ejemplo, afirma que el juez, «en el caso de que acuerde la incomunicación, deberá asumir todavía más a conciencia y con mayor eficacia una posición vigilante, particularmente activa y comprometida, de la regularidad de la actuación policial». Y que el instructor, Santiago Pedraz, asumió dicha posición vigilante al ordenar aplicar el Protocolo Garzón a los detenidos.

Hay que precisar que dicho protocolo no se aplica en la gran mayoría de los casos. Así, el año pasado tan sólo se aplicó a 9 de los 78 detenidos incomunicados y de esos 9 tan sólo dos denunciaron malos tratos. De los 69 a los que no se aplicó, 61 denunciaron malos tratos y torturas. Luego el 97% de las denuncias se produjeron en casos en los que los jueces se negaron a tomar medidas preventivas. Negativa que está en abierta contraposición con lo que recomienda ahora el Supremo.

Gracias a la aplicación del protocolo, los cuatro detenidos de este caso pudieron recibir la visita de un médico de su confianza, y el forense, que acompaña siempre a dicho médico, se vio obligado a recoger sus denuncias de torturas. Especialmente las de Mertxe Alcocer, que mostraba huellas evidentes del trato sufrido.

Los informes forenses llegaron de inmediato al juez Pedraz y el Supremo denuncia que el magistrado no cumplió en absoluto con sus obligaciones, al no indagar «la posible causa de los traumatismos de Alcocer». Y que tampoco lo hizo «cuando, no obstante la reiteración de la denuncia de malos tratos realizada por ésta en su presencia, consintió en degradar su declaración judicial al trámite infralegal de mera burocrática ratificación de las actuaciones policiales en que se convirtió».

La triste realidad es que así es como se comportan habitualmente todos los jueces de la Audiencia Nacional, pero que el Supremo lo reconozca en esta ocasión no deja de extrañarme sobremanera. Y más que lo haga justo en el caso del juez Pedraz, que ha sido el único que ha mostrado, aunque haya sido una sola vez, una actitud digna ante la tortura.

Sucedió cuatro meses antes de esa actuación, en agosto de 2008, cuando decidió levantar la incomunicación a Ailande Hernáez, para que realizara la declaración policial acompañado de su abogada de confianza. Algo que no recuerdo haya hecho nunca ningún juez de la Audiencia Nacional. Posteriormente, el joven, acusado de atacar con cócteles molotov la subdelegación del Gobierno español en Gasteiz, fue llevado ante Pedraz quien le puso en libertad bajo fianza.

La Unión de Oficiales de la Guardia Civil y el Sindicato Unificado de Policía pusieron el grito en el cielo, y el secretario general de éste último, José Manuel Sánchez Fornet, se refirió al magistrado como «el típico pijo-rojo de los años 80 que no acaba de entender lo que es el terrorismo». Y añadió que «deberían tirar cócteles molotov todos los días contra la casa del juez Pedraz a ver cómo lo interpretaba».

Cuatro meses después, Pedraz ordenó a la Guardia Civil, en aplicación del Protocolo Garzón, que grabara en DVD o vídeo todo el transcurso de la incomunicación de los cuatro detenidos antes mencionados. Sin embargo, según afirma el Supremo, su orden «resultó abiertamente incumplida, lo que supone que la incomunicación se produjo con un déficit de garantías todavía mayor que el que ya inevitablemente incorpora por su propia naturaleza».

Luego el Supremo reconoce que los detenidos incomunicados sufren siempre un déficit de garantías especialmente agravado cuando los jueces de la Audiencia Nacional se oponen a aplicar el Protocolo Garzón, que entre otras cosas ordena grabar todo el periodo de detención. Orden que, por cierto, parece no ser cumplida casi nunca.

Por último, el Alto Tribunal no acepta, al contrario de la Audiencia Nacional, que las declaraciones policiales en base a las cuales fueron condenados los cuatro puedan ser usadas como pruebas de cargo. Y encima tampoco acepta como prueba el que Mertxe Alcocer ratificara dicha declaración ante el juez, «porque declaró coaccionada, lo que tendría que privar también de eficacia a la ratificación meramente ritual ante el instructor». Ver para creer.

Claro que esta sentencia del Supremo puede que no sea sino flor de un día, como la digna actuación del juez Pedraz en el caso de Ailande Hernáez, pero la verdad es que hay buenos motivos para la esperanza, porque últimamente desde instancias internacionales se han recrudecido las denuncias sobre la inacción de las autoridades españolas. Y es bien posible que el trabajo realizado durante tantos años contra la tortura empiece a dar cada vez más frutos.

Las condiciones están maduras. ¡Hay que aprovecharlo!

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