José Luis Orella Unzué | Catedrático Senior de Universidad
ETA como sujeto social
Los matrimonios, los partidos, las cooperativas... no se constituyen por la mera agrupación de individuos ni se pueden hacer desaparecer por la disolución o segregación de sus miembros sin más; para la disolución del vínculo de esos individuos que formaron parte de esos sujetos sociales es preciso tener en cuenta «un elemento ideológico, social o jurídico al que hay que dar salida». Del mismo modo, explica José Luis Orella, ocurriría con la organización ETA, como sujeto social que es.
Nos encontramos conviviendo en un mundo cada vez más globalizado en el que, sin embargo, han nacido y emergen nuevas realidades que necesitan nominación e interpretación. Son los sujetos sociales o asociaciones que tienen un objetivo que se proponen cumplir, ya sea social, económico, político o religioso.
Así, los matrimonios, los partidos políticos, los sindicatos, los nuevos estados nacionales, las cooperativas o las asociaciones religiosas son sujetos sociales. Ni se constituyeron por la simple asociación de individuos ni se pueden aniquilar por la mera disolución o segregación de sus componentes. Siempre hay un elemento ideológico, social o jurídico al que hay que dar salida en el momento de la disolución del contrato o vínculo de unión de los individuos que integraron el sujeto social.
A la hora de disolver un sujeto social no basta con afirmar que todos los nacidos son ciudadanos del mundo y que poseen los derechos del hombre. Se requiere una mayor especificación. Porque los animales y las plantas nacen y crecen en agrupaciones pero los humanos se organizan en sujetos sociales.
El nacimiento de estas nuevas realidades sociales necesita una interpretación y la señalización del sentido que tienen. Esto es, descubrir las relaciones que se originan entre el individuo y la sociedad que conforman, lo mismo que las interacciones individuales de los miembros fundadores en el origen del sujeto social.
Partiendo de la concepción individualista, se crea en muchos la actitud de que la pertenencia a una sociedad (nación, cooperativa, partido político, pareja de hecho o matrimonio, etc.) es un gorro frigio que sólo comporta algo suplementario y adicional, añadido al individuo, el cual sólo queda definido y comprendido por el conjunto de derechos y obligaciones, de señales y de respuestas individuales.
Pero en el ámbito humano nunca se resuelve todo en la suma de individuos, sino, por el contrario, el hombre como ser societario nace y muere en familia, se forma desde la niñez, pasando por la adolescencia y la madurez hasta la senectud y desarrolla sus potencialidades en entidades societarias que hay que constituir o en las que hay que integrarse por asociación.
Esta distinción individual-societaria conduce a posturas enfrentadas respecto del sentido de la acción y la determinación de los actores sociales que deben tomar parte en la disolución de una cooperativa o de un matrimonio, así como en la definición del papel activo de cada uno de los integrantes del sujeto social.
Por un lado, nos encontramos con la opinión según la cual el conjunto de las acciones tanto individuales como sociales que dieron origen al nacimiento de un sujeto social determinado se encuentran determinadas por los hechos sociales objetivos, por las circunstancias políticas en las que nació, por el modo de existir de los componentes del sujeto social, por la conducta y la acción de los actores individuales que reflejaban las estructuras más generales de la sociedad.
En el campo contrario domina la visión del actor como un agente en donde destaca la conciencia humana (razón y cultura) sin mayor consideración a sus relaciones étnicas, históricas y aun genéticas de su entorno. Para quienes se adhieren a esta visión los actores y el conjunto de sus acciones individuales representaron y representan una especie de síntesis a priori.
Como se ve, ambas posturas, aunque contrarias, participan de unos supuestos fundamentalmente comunes. En ambos casos, al sujeto de la acción se le presenta como un dato dado, esto es, como un actor, aunque en uno de ellos se le considere determinado por sus relaciones societarias y en el otro como un artífice relativamente autónomo de una actitud social desarrollada a partir de su propia pauta personal de conducta y sensibilidad.
Este punto de partida tan contradictorio como el que simplistamente todo lo quiere reducir al ser individuo y ciudadano del mundo o, por el contrario, el que sabe que el humano desde la gestación hasta la muerte necesita un caldo de cultivo societario es el que explica las diferentes posturas a la hora de segregarse personalmente o de disolver un sujeto social como es ETA.
Este sujeto social que hemos denominado ETA no es sólo la suma de los activistas individuales que existieron y existen a los que se les pide ahora que entreguen las armas, ni de los presos juzgados y condenados por su pertenencia a ETA.
ETA ha sido y es un sujeto social que, con acierto o sin él en la elección de sus medios, tuvo unos objetivos políticos que pretendió conseguir y que han sido explicitados de forma interna en sus documentos o de manera externa por las sentencias judiciales de las que ha sido objetivo prioritario de la Audiencia Nacional o de los tribunales españoles y franceses.
ETA nació como sujeto social, con la formulación de unos objetivos que pretendía conseguir y como tal no puede disolverse con la actuación individual e inconexa de cada uno de sus integrantes. El ejemplo paradigmático lo tenemos en el final y la subsistencia política de la misma ETA pm.
Porque en todo sujeto social sus miembros disuelven su pertenencia a esa entidad por medio de una acción social y pública, ya sea la muerte, ya sea la expresión voluntaria de desagregación. Sin embargo, los sujetos sociales sobreviven, independientemente de la actuación de los individuos concretos. Así, por ejemplo, los partidos políticos, las cooperativas, las asociaciones religiosas, etc.
Todos los sujetos sociales necesitan de un acto jurídico de significado público que dé salida a aquel conjunto de proyectos, ideales y circunstancias que hicieron explicable el paso que se daba en la constitución del mismo sujeto social, ya fuera el matrimonio, el partido político, el sindicato o la orden religiosa.
La entrada en una entidad social y la erección de la misma necesitó de unas personas rebosantes de ideales que querían cumplir, de la deliberación común de los fundadores en la selección de los medios que iban a utilizar para la consecución de los fines de esa entidad social y del perfil del ambiente social que querían edificar.
Cuando la cooperativa, el matrimonio, el sindicato o, en fin, todo sujeto social quiera disolverse no basta con la huida programada de los individuos que componen dicho sujeto, sino que es necesario un acto jurídico y público que lo testifique y que todos los demás sepamos cuáles fueron los proyectos e ideales por los que formaron la sociedad, las circunstancias que han hecho inviable o arcaico ese objetivo y qué resultados y perspectivas quedan por cumplir o culminar, una vez disuelto el sujeto social determinado.