La AN condena a Gurutz Agirresarobe con una sentencia plagada de dudas
La coincidencia en el ADN de una taza de café del año 2003 y un botellín de agua de 2010, cuestionada por varios peritos, ha sido la única «prueba» utilizada por la Audiencia Nacional para condenar a Gurutz Agirresarobe a 32 años de cárcel por la muerte de Joseba Pagazaurtundua. El tribunal admite que no es una prueba «ideal», aunque sí «suficiente». El fallo está sembrado de dudas; de hecho, el vecino de Hernani queda absuelto de «integración en ETA».
GARA | DONOSTIA
La Audiencia Nacional ha optado por condenar al vecino de Hernani Gurutz Agirresarobe a 32 años de cárcel por la muerte del jefe de la Policía Municipal de Andoain, Joseba Pagazaurtundua, en 2003. Pero la sentencia muestra evidentes dudas sobre este atentado de ETA, hasta el punto de que Agirresarobe no es condenado por militancia en la organización armada, al estimar el tribunal que esa acusación «está huérfana de prueba. No hay datos que permitan ubicarlo en un comando, talde o cualquier otra agrupación».
Gurutz Agirresarobe fue detenido en agosto de 2010, en un momento en que el Ministerio español de Interior ponía gran énfasis en intentar esclarecer los atentados pendientes de ETA. El procesado siempre ha negado cualquier relación con el hecho, y usó su última palabra en el juicio para afirmar que «en la vida no he tenido un arma en la mano».
La sentencia admite que no sólo no hay pruebas de integración en ETA, sino que tampoco se ha encontrado el arma que acabó con la vida de Pagazaurtundua ni hay un solo testigo presencial que le señale.
Todo ello contrasta con las primeras informaciones policiales tras el arresto, que intentaban implicar a Agirresarobe también en otros atentados de ETA, como el que mató al presidente del PP en Aragón, Manuel Giménez Abad, por aquellas mismas fechas.
Porcentaje de probabilidades
El tribunal se basa exclusivamente en la prueba de ADN. Da cuenta de cómo la Ertzaintza comenzó a seguir a Agirresarobe tras la desarticulación en marzo de 2009 del «complejo Donosti» y recogió una botella en la que el vecino de Hernani bebió en un bar de Irun, así como otra que ingirió tras su detención en la Audiencia Nacional. Indica que sus perfiles coinciden «sorprendentemente» con las muestras de la taza de café de la que bebió la persona que disparó a Pagazaurtundua.
A partir de ahí, los jueces utilizan un cálculo de probabilidades. Entienden que la probabilidad de coincidencia entre esas muestras es una entre más de cinco millones y medio. Por contra, tras el dictamen de los diferentes peritos el abogado de la defensa, José María Elosua, afirmó en su informe final que «si optan por la condena, habrá tres sobre cuatro posibilidades, según los primeros, y de siete sobre ocho, con los datos corregidos de los segundos, de condenar a un inocente».
Para intentar apuntalar la culpabilidad, el tribunal añade lo que califica como «otros hechos significativos»: que Agirresarobe trabajaba entonces en Andoain, «por lo que conocía sobradamente los caminos de huida»; que se le halló una cifra cercana a 6.000 euros, «resultando extravagante su versión de que eran ahorros»; y que tenía un CD de Gazte Topagunea 2008, por ejemplo.
La sentencia admite que no hay pruebas de pertenencia a ETA, pero añade que Agirresarobe estaba «inmerso en el Movimiento de Liberación Vasco de la izquierda abertzale (MLNV)». Por eso le condena a 32 años, cuando la Fiscalía reclamaba 48.
El Tribunal Supremo español ha confirmado la sentencia de cinco años de cárcel impuesta por la Audiencia Nacional a Kandido Sagarzazu por «colaboración con ETA». Así lo ha resuelto la Sala de lo Penal del TS en una sentencia en la que se ha considerado suficiente prueba contra Sagarzazu la declaración policial, dado que se argumenta que está avalada con «datos objetivos que confirmaban su veracidad».
La Audiencia Nacional condenó el pasado mes de junio a Sagarzazu al considerar probado que en 1998 formó parte de un «talde» de Hernani que suministraba información al «comando Donosti», que contaba a su vez con otro grupo de apoyo en Errenteria.
Sagarzazu recurrió la sentencia ante el TS alegando vulneración de la presunción de inocencia, al alegar que se había utilizado como único material probatorio su declaración en régimen de incomunicación. El Supremo le responde que se realizó en presencia de un abogado y que se cumplimentó el trámite de dar lectura a sus derechos. Y afirma también que algunos aspectos de su declaración coinciden con «datos periféricos» como la documentación hallada en casa de otros miembros del «talde». GARA