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Los empresarios, con todas las cartas en la negociación colectiva

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Juanjo BASTERRA | BILBO

La octava reforma laboral de Mariano Rajoy (PP) permite a los empresarios que tengan el poder real en la negociación colectiva, además de que esté vinculada a las decisiones que se adopten en Madrid. Rompe los frágiles equilibrios que había hasta la fecha, aunque tampoco eran tales, porque la negativa a negociar por parte de los empresarios paralizaba el proceso.

En Hego Euskal Herria son muchos los convenios pendientes de negociación. Solo con datos del Consejo de Relaciones Laborales (LHK), en 2011 quedaron pendientes de convenios 352.464 trabajadores, casi la mitad de los asalariados de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa.

La nueva legislación supondrá que el convenio de empresa tenga primacía sobre los de ámbito superior y permitirá que las empresas se descuelguen del mismo en cuanto tengan dificultades económicas durante dos meses. Este aspecto tiene una importancia extrema porque supone, como explican los expertos en derecho laboral, «un vaciamiento de la negociación colectiva» y, a la vez, otorga un nuevo papel a los acuerdos dentro de las empresas, lo que marginará a los sindicatos, dado que «las empresas tendrán plena soberanía sobre todas las materias que se negocian en los convenios».

Dos años para la ultraactividad

Introduce la ultraactividad del convenio a los dos años, lo que quiere decir que, si en ese plazo no se renueva, decae el convenio. Debería comenzarse a negociar desde cero.

De la manera en que figura en la octava reforma laboral, esa decisión final solo beneficia a los empresarios, porque si se niegan a negociar el mismo, deben esperar dos años para eliminarlo. Los expertos reconocen que «alguien ingenuamente podría pensar que esta limitación temporal animará a los negociadores a llegar antes a acuerdos y evitar el bloqueo de la misma», si bien «no es lo que está pasando en la práctica». El Gobierno español ha entregado a los empresarios la ventaja de la negociación, al considerarles «parte privilegiada» y dejando en un segundo lugar a quienes defienden los intereses de los trabajadores. Por lo tanto, genera una mayor inestabilidad sobre el futuro de las relaciones laborales.

Materias de negociación

La nueva legislación confirma que los convenios colectivos regulados por la octava reforma laboral «obligan a todos los empresarios y trabajadores», sin embargo remarca que «cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores legitimados para negociar un convenio colectivo, se podrá proceder a inaplicar en la empresa las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo en materias como jornada de trabajo, horario y la distribución del tiempo de trabajo, régimen de trabajo a turnos; sistema de remuneración y cuantía salarial, sistema de trabajo y rendimiento, entre otras más».

La normativa del PP acepta que «concurren causas económicas» cuando «de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de ingresos o ventas» en dos trimestres consecutivos. Si ocurre eso, en empresas donde no hay representación sindical, es decir en aquellas que tienen menos de seis trabajadores, «las empresas designarán a quienes deban negociar». Si no hay acuerdo entre las partes, se eleva una consulta para solución de las discrepancias a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos».

La decisión final se adoptará en esa comisión o por medio de un árbitro que, en realidad, será un paso «obligado y necesario». Este hecho en sí supone ya una clara desventaja para los trabajadores.

En este sentido, ELA manifiesta que «el procedimiento se regula de tal manera que o te sometes previamente al arbitraje o acabas en él. Es decir, si la empresa quiere no aplicar el convenio puede forzar un arbitraje. Hasta ahora, cabía la posibilidad de que los acuerdos interprofesionales no solucionasen la discrepancia. Ahora se añade la posibilidad de que cualquiera de las partes pueda someter la solución de la discrepancia a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos o a los órganos correspondientes de las comunidades autonómicas, que podrán resolver mediante decisión adoptada en su seno o por el árbitro designado por ellos mismos».

Finiquita la negociación

LAB resalta a este respecto que la reforma laboral del PP entrega al empresario «la potestad de cambiar las condiciones laborales como le venga en gana. Se le otorga la capacidad de no aplicar lo acordado por convenio, ya sea el salario, el horario o la jornada». Por lo que entiende que «además de empeorar las condiciones laborales provocará una rebaja continua y progresiva de salarios y, por lo tanto, un empobrecimiento continuo y progresivo de la sociedad, ya que las empresas entrarán en una competición por bajar los precios, a costa de los trabajadores». De hecho, Cepyme y Cebek reconocieron antes de ayer la necesidad de mejorar la productividad por la vía de la caída de los salarios, no de nuevas inversiones y productos innovadores y de mayor calidad.

LAB, por otro lado, confirma en este caso lo que los expertos laborales han denunciado, porque sostiene que «el nuevo texto legislativo finiquitará la negociación colectiva», porque «los convenios de nivel estatal están por encima de los provinciales», lo que supone ya «una pérdida de derechos» y, la octava reforma laboral, «ha otorgado capacidad absoluta a la empresa para dejar sin valor lo acordado».

Lo más grave, según reconocen las centrales sindicales, es que los cambios que ha introducido el PP bajo la «sumisión» al poder empresarial es que «se ha cambiado por completo el modelo de relaciones laborales, para imponernos un modelo unilateral». Por eso, ELA y LAB, por separado, entienden que es imposible la negociación colectiva si los empresarios «tienen todo el poder de hacer y deshacer» y los trabajadores «no tenemos más para hacer frente que la amenaza del paro».

La realidad de la negociación colectiva confirma, por un lado, que los convenios que se firman en el ámbito vasco cuentan con mejoras sustanciales en materia salarial y en condiciones laborales. De hecho, los convenios registrados este año han fijado incrementos salariales que van del 3,35% y han previsto una jornada laboral de 1.697 horas de trabajo, mientras que en el Estado español la jornada laboral se encuentra en una media de 1.757 horas y unos incrementos salariales de 2,48%.

Con la importante salvedad de que a partir de este año el acuerdo alcanzado entre CCOO, UGT y la patronal sitúa los próximos incrementos salariales en el 0,5% y 0,6% respectivamente para los próximos tres años. Aunque el acuerdo es a nivel estatal, tanto los expertos como las centrales sindicales que han convocado la huelga del 29 de marzo -ELA, LAB, STEE-EILAS, ESK y EHNE- sostienen que los empresarios vascos podrían echar mano de ese recurso que les han puesto en bandeja y aplicarlo bajo esta nueva legislación laboral que es más regresiva.

Manos libres

Los empresarios tienen las manos libres para hacer y deshacer en la negociación colectiva. Pueden aducir la mala situación económica para modificar las condiciones laborales, salariales y de jornada pactadas.

ULTRAactividad

En caso de que en dos años no haya acuerdo en la negociación de convenios -en algunos casos, en Hego Euskal Herria algunos están parados desde hace más tiempo-, aplicarán la ultraactividad, es decir pondrán a cero el convenio para negociar todo.

MÁS POBRES

Los sindicatos reconocen que la octava reforma laboral, en concreto en lo que es la negociación de los convenios, permitirá a los empresarios reducir salarios con lo que aumentarán los trabajadores pobres, que en el Estado español se encuentran en torno al 15%, según los datos de Eurostat.

PRODUCTIVIDAD

Cebek y Cepyme reconocieron en Bilbo que el objetivo que persiguen los empresarios es mejorar la productividad de las empresas por el método de la reducción de los salarios de los trabajadores, en vez de invertir en procesos productivos punteros.

17 millones de horas extras en crisis

En los cuatro años de la crisis, en Hego Euskal Herria se han realizado casi 17 millones de horas extraordinarias, en concreto 16,86 millones de ampliaciones de jornadas oficiales, mientras los empresarios despidieron a más de 18.638 trabajadores por medio de expedientes de rescisión de contratos y el paro se ha más que duplicado en ese periodo.

Los cálculos oficiales del Ejecutivo de Gasteiz sobre las horas extraordinarias a comienzos del siglo XXI mostraban que por cada hora oficial que se producía, se realizaban entre tres y cuatro horas extras más fuera de cotización. Resulta que si comparamos con la jornada laboral anual en torno a las 1.700 horas anuales (1.694) tenemos que se podrían haber contratado con las horas extras oficiales a 10.000 trabajadores necesarios, porque las empresas han tenido trabajo. A los datos oficiales de 2011 les falta un trimestre por cerrar, por lo esos datos aumentarán un poco más.

Este hecho tiene relación porque en la octava reforma legislación laboral, el Gobierno del PP ha roto otro de los muros de contención existentes con la contratación temporal, dado que permitirá que los trabajadores contratados a tiempo parcial puedan realizar horas extraordinarias. De nuevo, surge el debate sobre la creación necesaria de empleo o simplemente se ofrecen estas posibilidades a los empresarios para precarizar más el mercado laboral. J. BASTERRA

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