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Las preguntas sobre el repago farmacéutico se apilan en el ciberespacio

La entrada en vigor en la CAV del polémico repago farmacéutico, impuesto por Madrid e implantado por el Gabinete de Urkullu el 1 de julio, sigue suscitando dudas entre la ciudadanía. Prueba de ello son las preguntas dirigidas al Departamento de Salud a través de la página web Irekia.

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Ion SALGADO

El repago sigue suscitando dudas entre la ciudadanía vasca. Las campañas de información previas a la puesta en marcha de esta polémica norma, impuesta por el Gobierno de Mariano Rajoy y auspiciada por el Tribunal Constitucional, no han resuelto las preguntas de muchas personas, algunas de las cuales han optado por utilizar el ciberespacio para interpelar directamente al Ejecutivo de Lakua. Este es el caso de Manuel Salvatierra, Iñaki Orrantia y José Manuel Haro, entre otros, que han publicado sus preguntas en la plataforma Irekia.

Entre esos relatos figuran historias duras, como la de Lucía Iraundegui, quien, según explica en su interpelación, cobra 225 euros mensuales y paga 18 euros por sus medicinas. En su respuesta, el Departamento de Salud le presenta dos opciones: por un lado, le detalla cuáles son los máximos establecidos para los pensionistas, que van desde los 8,14 euros mensuales para quienes cobren menos de 18.000 euros anuales hasta los 61 euros para las rentas superiores a 100.000 euros; por otro, le recuerda que la aportación se calcula sobre la declaración de la renta del año 2011.

Así, en el caso de que el fallo este relacionado con el primer supuesto, puede que se trate de un simple error administrativo y se pueda resolver sin inconvenientes, ya que el límite de 18,32 euros mensuales solo afecta a las personas con rentas superiores a 18.000 e inferiores a 100.000 euros anuales. En cambio, si el problema está relacionado con el segundo supuesto, la solución puede ser bastante más compleja. Como prueba, basta con buscar las preguntas relacionadas con dicho problema.

Como la que formula Francisco Javier Lázaro, que pregunta cuando se aplicará la declaración de Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) del ejercicio 2012 al cálculo del copago. En su respuesta, el Ejecutivo jeltzale, que deja claro que es Madrid «el que decide» cuándo se actualizan los datos de la renta, reconoce que durante los próximos meses se tomarán como referencia los datos del pasado ejercicio, pero evita fijar una fecha. En su lugar, señala que «como dato orientativo, decir que fue en enero del 2013 cuando se cargaron los datos de las declaraciones hechas en 2012 sobre los ingresos habidos en 2011».

Cabe señalar que esta respuesta es más completa que la recibida por este mismo ciudadano días atrás, cuando preguntó sobre qué declaración de la renta será aplicado el repago farmacéutico. En lugar de explicarle las posibles actualizaciones, tal como han hecho con posterioridad, los responsables de Salud señalaron que el copago se aplica a nivel estatal en base a la declaración de la renta del año 2011, «en cumplimiento con el Real Decreto 16/2012». El mismo decreto que el Gobierno autonómico dice rechazar pese a que, de momento, no ha aprobado ninguna medida compensatoria para los afectados, desoyendo una reclamación del Parlamento de Gasteiz.

Compensaciones para subsanar los problemas a los que deben enfrentarse familias como la de María Victoria Alonso, que, pese a estar en paro, debe pagar por sus medicamentos, por los de su marido, que cobra una pensión inferior a 18.000 euros anuales, y por los de su hija de 15 años. Ella, que en lugar de hacer una pregunta, aprovecha Irekia para exponer su situación, recibe una respuesta directa por parte del Ejecutivo: «En su caso, efectivamente los tres miembros de la familia tienen una aportación asignada para poder acceder a la dispensación farmacéutica».

En la respuesta, los responsables de Salud echan mano del citado real decreto para recordarle que su marido y su hija, siempre que ella conste como beneficiaria de su padre en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), tienen una aportación del 10% con un tope mensual de 8,14 euros. No así la demandante de información, quien, siendo activa en situación de desempleo, tiene que abonar un 40% del precio total de sus medicamentos. En la respuesta le detallan que solo si ha agotado el subsidio, que no la prestación, podrá acogerse a la exención.

La misma explicación recibe Vidal López de Juan, de 50 años y en situación de desempleo sin prestación, quien padece una enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC). En su caso, es su madre, con la que convive, la que se encarga de afrontar el pago de las medicinas. El Gobierno de Lakua, al igual que en la respuesta anterior, le recuerda que, en virtud del Real Decreto 16/2012, solo están exentas de pagar sus medicamentos las personas que hayan perdido el derecho al subsidio de desempleo. Ni una solo mención a los enfermos crónicos, que no están exentos de pago, ya que deben abonar un aportación reducida por los denominados fármacos de punto negro.

Una corta lista de exentos

Joseba Antxustegi es otro ejemplo de la desinformación vigente. En su caso, la pregunta está relacionada con la afección del repago farmacéutico sobre su hijo, que, según explica, tiene una discapacidad. En concreto, solicita información sobre los medicamentos gratuitos a los que tiene derecho. Como no detalla cuál es la discapacidad, los responsables de Salud exponen la «regla general», la cual recoge que tener una discapacidad reconocida no exime del pago, por lo que, tal como dicta la norma, «su aportación vendrá determinada por su nivel de renta y su situación socio-laboral».

No obstante, esta regla tiene una excepción, porque los perceptores de la Ley de Integración Social al Minusválido (LISMI) están considerados exentos de aportación, al igual que los afectados por el síndrome tóxico; los perceptores de rentas de integración social o pensiones no contributivas; las personas desempleadas que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo; y los tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

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