EL PUNT AVUI | Editorial, 2013/10/22 (Traducción: GARA)
El fracaso de la doctrina Parot
Uno de los principios fundamentales de cualquier estado de derecho es la seguridad jurídica y, en este sentido, la retroactividad de las leyes en relación con sentencias ya dictadas no favorece la sensación de que la justicia se aplica de una manera equitativa, y menos cuando esta retroactividad es en perjuicio de los condenados. Es lo que ha ratificado el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos en relación con la llamada doctrina Parot, que fue una operación de ingeniería judicial del Tribunal Supremo (...).
La resolución del alto tribunal europeo es, como no podía ser de otra manera, absolutamente previsible en un marco de derechos democráticos y no entra a valorar la identidad ni el nivel de reprobación moral de los delitos cometidos, sino la aplicación técnica de las resoluciones judiciales. (...)
La sentencia dictada no deja muchas dudas sobre el hecho de que el caso concreto juzgado marca un camino para el resto. Y el Estado español ya ha quedado suficientemente en evidencia para dilatar o dificultar el cumplimiento de la resolución.