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Gara > Idatzia > Jendartea 2006-06-29
Elevan a 16 años la edad mínima para acceder al permiso de ciclomotores

BILBO

El ministro español del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, anunció ayer la aprobación de un Plan de Seguridad Vial que eleva de 14 a 16 años la edad mínima para acceder al permiso de conducir ciclomotores, que se obtendrá tras aprobar un examen, e incluye contenidos sobre esta materia en la enseñanza obligatoria.

Rubalcaba, que compareció para explicar las actuaciones del Gobierno español en materia de seguridad vial, coincidiendo con la puesta en marcha el 1 de julio del carné por puntos, anunció que el próximo viernes el Consejo de Ministros aprobará este nuevo plan. Destacó que en los primeros meses del año se han reducido en 49 el número de muertos en accidentes de tráfico respecto al pasado año y que desde 2003 ha disminuido en un millar.

Las medidas pretenden reforzar el principio de autoridad con el aumento de la presencia de los agentes, la continuación de operaciones especiales y la creación de un centro de tratamiento de denuncias automatizadas.

El Plan incluye mayor implicación del sistema judicial con la modificación del Código Penal, la realización de cursos para jueces y fiscales y la creación de la fiscalía especializada en delitos contra la seguridad vial.

Rubalcaba alabó asimismo los beneficios que traerá el carné por puntos, mientras las principales asociaciones de automovilistas discreparon, por su parte, sobre la eficacia, el carácter e, incluso, la legalidad del modelo.

Dudan de la eficacia

El director de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), Mario Arnaldo, se confesó «pesimista» ante la eficacia del nuevo carné e insistió en que padece ciertos problemas legales, debido a la elección de un modelo «typical spanish». A diferencia de la italiana o la francesa, la regulación española, explicó, no considera la pérdida de puntos como sanción, sino como la extinción de un requisito necesario para poder conducir, lo que conlleva varias consecuencias negativas.

Criticó supone una reducción de las garantías legales del ciudadano, ya que, al no ser una sanción, no se podrá recurrir la pérdida de puntos y, por otro, un agravio comparativo, porque sólo afectará a los propietarios de carnés de conducir expedidos en el Estado español, apuntó. Destacó también que su aplicación representa un problema, ya que, no se puede añadir de forma retrospectiva un nuevo requisito -tener algún punto- a los necesarios para obtener o renovar el carné de conducir.


 
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