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Gara > Idatzia > Euskal Herria 2007-01-09
La defensa renuncia a la pericial e insta a la Fiscalía a que retire las acusaciones
A fin de evidenciar, una vez más, la verdadera naturaleza de este macroproceso, y con el convencimiento de que la práctica de la prueba ha echado por tierra cualquier elemento acusatorio, los encausados en el sumario 18/98 han decidido renunciar a la prueba pericial y documental que habían propuesto. El encargado de trasladar esta decisión fue Iñigo Iruin, quien argumentó también que el criterio fiscal del «caso Egunkaria» da la razón a la defensa.

MADRID

Iñigo Iruin, en nombre de sus compañeros y a petición de los acusados ­todos excepto José Ramón Antxia y Pepe Uruñuela­, fue el encargado de trasladar a la Sala la decisión de renunciar a la práctica de la prueba pericial y documental propuesta por la defensa.

Además, los procesados, por voz de este letrado, reclamaron al fiscal que hiciera lo mismo y renunciara a la prueba documental, para pasar así al trámite de conclusiones definitivas. Y le instaron a que, una vez llegados a este punto, atienda a los criterios fijados por la Fiscalía de la Audiencia Nacional en relación al «caso Egunka-ria» y «proceda a retirar todas y cada una de las acusaciones, para así abocar a una senten-cia absolutoria para todos los acusados».

Precisamente, los argumentos jurídicos detallados por Iruin para explicar esta renuncia parten del informe elaborado por el fiscal Miguel Angel Carballo en relación al sumario 44/04, que se refiere a “Euskadunon Egunkaria”. En ese informe, del 14 de diciembre de 2006, el representante del Ministerio Fiscal pide el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa abierta contra el diario cerrado por el juez Juan del Olmo en febrero de 2003.

«Misma estructura y carácter»

«Las razones jurídicas de trasladar a este sumario lo obrante en ese informe se deben a que todos los sumarios, el 18/98, el 44/04 y otros, tienen la misma estructura y responden al mismo esquema de investigación y valoración», explicó el letrado de la defensa, y recordó que la base principal de estos sumarios «son unos documentos incautados en diferentes momentos, una prueba básicamente indiciaria respecto de los hechos que son objeto de acusación, y que requiere de interpretación y de valoración».

A este respecto, destacó que «la cuestión es quién y cómo hace esa labor de interpretación», apuntando que «en todos estos sumarios quien ha hecho esta labor a través de los correspondientes informes que se han denominado periciales han sido la UCI y la Guardia Civil, y han sido asumidos acríticamente por el Ministerio Fiscal».

Dicho esto, Iruin recalcó que sobre esos informes policiales «que son la columna vertebral de este sumario 18/98, como lo eran del sumario 44/04», el fiscal Carballo muestra «su total disconformidad con el criterio de interpretación llevado a cabo por la Guardia Civil y por el juez instructor».

«Nosotros siempre hemos dicho que la valoración de los documentos era un proceso puramente especulativo, basado en conjeturas y donde se utilizaba una lógica perversa, siempre en contra de los acusados», señaló entonces el abogado, y añadió que el fiscal Carballo «nos da absolutamente la razón, y afirma que la interpretación que ha hecho la Guardia Civil y que el magistrado ha asumido acríticamente está carente de lógica y razonabilidad».

«Las reglas de la lógica»

Más aún, insistió en que para el fiscal del «caso Egunkaria» las interpretaciones de esos documentos a favor de los procesados «son tan lógicas como las efectuadas por la Guardia Civil», e incluso que «la interpretación más razonable y acorde con las reglas de la lógica es la favorable a los procesados».

«Es decir, que la interpretación de las Fuerzas de Seguridad del Estado carece de solidez, y que incluso existe incom- patibilidad entre la literalidad de algunos documentos y lo que sostiene la acusación», declaró el abogado.

Una conclusión sobre el «caso Egunkaria» que, para la defensa, es aplicable a este sumario porque, entre otros motivos, viene acompañada y está fundamentada en el análisis de documentos concretos que están siendo utilizados en este jucio para sostener la acusación.

Documentos que han sido expuestos una y otra vez en esta vista oral y sobre los que la Fiscalía de la Audiencia Nacional, entre otras consideraciones, afirmó el 14 de diciembre que «la trascendencia incriminatoria que le otorga la Guardia Civil, el informe policial y el juez instructor es incongruente», o que «no puede implicar una prueba de que los procesados estén inmersos en una asociación ilítica, y menos en una asociación terrorista».

«Por eso, y porque además los acusados están convencidos de que en este procedimiento se ha obtenido un resultado favorable a sus pretensiones, es decir, que la práctica de la prueba se ha saldado con un balance claramente negativo para el Ministerio Fiscal, es porque plantean la renuncia de estas pruebas», concluyó Iruin, agregando que se trataba de una decisión «firme», al margen de lo que el fiscal decidiera sobre su prueba documental.

Enrique Molina no atendió a la petición y decidió mantener la prueba documental, que comenzará hoy mismo con la lectura de los miles de folios incorporados por él a la causa.

Censura de la presidenta

Antes de exponer el razonamiento jurídico de la renuncia, Iruin quiso trasladar a la Sala la otra motivación que ha llevado a los acusados a adoptar esta actitud. Así, comenzó su alocución afirmando que «los acusados, y los abogados, desde el inicio del juicio, hemos tenido claro que una defensa eficaz en este sumario 18/98 pasaba por utilizar los mecanismos procesales y las herramientas jurídicas a nuestra disposición».

«También para demostrar con absoluta nitidez cuál es la verdadera entidad y sustrato de esta causa penal, cuáles son las auténticas razones de esta actuación, y de que hoy todavía se mantenga la acusación», añadió a renglón seguido. En este sentido, explicó que las primeras intervenciones de los acusados, con su negativa a responder a las acusaciones, los interrogatorios realizados por las defensas, los incidentes planteados, los relatos de torturas y la identificación de los autores de las mismas «pretendían evidenciar, además de la indefensión y de la falta de garantías, que este proceso penal había nacido a impulsos de razones de Estado, y que se pretendía cubrir con el manto del Derecho Penal».

En ese esfuerzo por «hacer visible la identidad real de este proceso», evitando que «una estricta defensa técnica traslade la falsa imagen de que nos hallamos ante un enjuiciamiento penal normalizado», situó también Iruin la decisión de sus defendidos, subrayando que «en la búsqueda de finalidades políticas se han arrollado todas las garantías, desde la presunción de inocencia, hasta la carga de la prueba y el derecho a la defensa».

Hasta ahí le dejó llegar Angela Murillo, quien en su intento de acallar la explicación del letrado lo que hizo fue dar un ejemplo gráfico de los motivos que estaba exponiendo.



Ensañamiento del tribunal

MADRID

Al finalizar su intervención, Iñigo Iruin pidió que, en el caso de que la Fiscalía mantuviera la prueba documental, los acusados no tuvieran que asistir a las sesiones, que se dedicarán a la lectura de miles de folios y a escuchar un sinfín de grabaciones telefónicas. Destacó que eso supondría aliviar la carga que los procesados soportan desde hace trece meses, y que su presencia era innecesaria y no les generaría indefensión. El fiscal no se opuso a esta petición pero, tras citarles por la tarde, Angela Murillo se ratificó en lo ordenado en otras ocasiones y, con evidentes malos modos, volvió a obligarles a asistir a todas las sesiones del juicio.



«Que por una vez la razón jurídica se imponga a la razón de Estado»

MADRID

En declaraciones realizadas a los medios ante el pabellón de la Casa de Campo, Iñigo Iruin repitió lo que, trasladando la reflexión de los encausados, había reclamado al representante del Ministerio Fiscal: «Que por primera vez en esta causa, la razón jurídica se imponga a la razón de Estado».

El abogado compareció ante la prensa acompañado de varios de los procesados en el sumario 18/98, así como por personas afectadas por otros su- marios abiertos en la Audiencia Nacional. Así, estuvieron en Madrid varios padres de los jóvenes juzgados por el «caso Jarrai-Haika-Segi», encausados en el sumario contra Udalbiltza, como Lander Etxebarria, e imputados en la causa abierta contra “Egunkaria” como Martxelo Otamendi, Iñaki Uria y Xabier Oleaga.

Iruin calificó de «coherente» la decisión de los acusados, y explicó que «pretende poner de manifiesto la verdadera naturaleza de este sumario, cuáles son las razones que lo mo- tivan y mostrar que el mantenimiento de la acusación obedece exclusivamente a razones de Estado».

El abogado mencionó también dos circunstancias que han motivado la decisión. Por una parte, «el balance positivo de la práctica de la prueba en el juicio. Incluso lo que eran los elementos nucleares de la acusación, los informes de la Guardia Civil, de la UCI y los económicos, han quedado seriamente devaluados, y su fuerza probatoria de cargo ha desaparecido absolutamente».

A su parecer, el desarrollo del juicio «ha derribado los pilares fundamentales de la acusación, como eran los informes periciales». Junto a ello, se refirió a la decisión fiscal sobre el «caso Egunkaria», «de absoluta relevancia», y sostuvo que ese criterio debe aplicarse a este juicio y al resto de los sumarios abiertos en la Audiencia Nacional.

Por su parte, Agustín Rodríguez, padre de Arkaitz Rodríguez, juzgado en el «caso Jarrai-Haika-Segi», recordó que el Tribunal Supremo español anunciará en breve su decisión sobre esta causa, y destacó que «si bien la decisión sobre ‘Egunkaria’ se puede ver de forma positiva, hay que estar atentos, porque estamos a la espera de la decisión del Supremo, que puede influir negativamente a todos».



«Irregularidad» en la práctica de la prueba propuesta por la Fiscalía

MADRID

Tras anunciar que no renunciaba a la práctica de la prueba documental, el fiscal, Enrique Molina, adelantó que esta misma mañana estaría en disposición de aportar los documentos que deben ser leídos en la Sala.

Agregó, asimismo, que daría cuenta de las grabaciones que obran en el sumario y que quiere que sean escuchadas un tiempo más tarde, ya que no todas tienen relación con el procedimiento ni afectan a los acusados.

Desde la defensa, José María Elosua rechazó sin embargo que esto pudiera hacerse, y recordó que el fiscal tenía que haber dado cuenta de las grabaciones que quería que fueran escuchadas antes del inicio de la vista oral y con plazo suficiente. Destacó, asimismo, que la propia Sala había instado a la Fiscalía a que lo hiciera, sin que esto hubiera sucedido. Por ello, el abogado consideró que había vencido el plazo y que no podía practicarse la prueba.

El tribunal, sin embargo, hizo caso omiso de esta consideración y, una vez más, asumió literalmente los argumentos de la acusación. De hecho, al igual que Mo- lina, Murillo afirmó que si hacía falta se escucharían todas las grabaciones incorporadas en el sumario. «No tenemos prisa», añadió.

Elosua volvió a protestar, recordando que el número de escuchas es incontable y el de horas grabadas «infinito». Explicó, además, que afectan a personas que en nada tienen relación con la causa y que se puede vulnerar su derecho fundamental a la intimidad. Fue en balde.


 
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