No es justo vivir así». De esta forma tan rotunda lo proclamó a los cuatro vientos Inmaculada Echevarría Ramírez, una mujer de 51 años con distrofia muscular progresiva que en octubre del pasado año cumplía nueve años conectada a un respirador. Además, esa cruel enfermedad le obligaba a estar postrada en cama de forma permanente. De ascendencia navarra y residente en Granada, Inmaculada Echevarría dijo bien claro que su vida sólo era «soledad, vacío y opresión», y pidió que respetasen su decisión de morir porque era una idea que tenía clara desde los 29 años. «Nadie tiene que meterse. Asumo mi enfermedad pero no los métodos artificiales de alargarla de manera inútil. Pido que se me ayude a morir libremente y sin dolor», dijo en una multitudinaria rueda de prensa. Su petición fue apoyada por numerosas personas y colectivos, entre ellas Jesús Barquín, profesor de Derecho de la Universidad de Granada y coautor del libro “Eutanasia y suicidio: cuestiones dogmáticas y de política criminal”. A su juicio, existe «suficiente base legal» para que, si alguien ayuda a morir a personas como Inmaculada Echevarría, quede «penalmente inmune».
Sin embargo, la ministra española de Sanidad, Elena Salgado, replicó que la eutanasia no está legalizada en el Estado español y que las autoridades tenían que cumplir las leyes y exigir su cumplimiento.
La polémica se ha vuelto a desatar recientemente, en términos similares, con el caso de Madeleine Z., una mujer de nacionalidad francesa que el pasado día 12 se quitó la vida en presencia de dos voluntarios de la Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD), a la que ella misma pertenecía.
Antes de quitarse la vida, Madeleine Z., de 69 años de edad, escribió varias cartas en las que se mostraba partidaria de la eutanasia y expresaba su deseo de no seguir viviendo con la enfermedad degenerativa que sufría.
Nada más conocer la noticia de su muerte, el Juzgado de Instrucción nº 7 de Alicante abrió diligencias para investigar posibles responsabilidades penales de las personas que supuestamente le ayudaron a morir. Por su parte, un hijo de la fallecida denunció ante el Juzgado a los miembros de DMD que permanecieron delante de su madre mientras agonizaba.
Casos como éstos salen a la luz cada cierto tiempo y vuelven a reabrir el debate sobre un tema al que ha intentado dar cauce el Documento de Voluntades Anticipadas, también llamado testamento vital.
Deseos de los pacientes
Aunque con matices legalistas, en todas las comunidades del Estado español este documento es básicamente igual. Se trata de un instrumento por el que una persona da por escrito sus instrucciones sobre la asistencia sanitaria que desea recibir cuando ya no se encuentre en condiciones de expresar su voluntad.
En el caso de Nafarroa, el Parlamento aprobó en mayo de 2002 una ley que regula este procedimiento, partiendo de la premisa de que el respeto a la gestión de la salud y de la vida propia conlleva el derecho a decidir si se desea o no recibir un tratamiento sanitario, aunque esa decisión no siempre coincida con las opiniones médicas. El 16 de junio de 2003 se puso en marcha el Registro de Voluntades Anticipadas, en el que hay inscritas 350 personas.
El Registro de la Comunidad Autónoma Vasca se creó mediante el Decreto 270/2003 y empezó a funcionar a mediados de 2004. El pasado día 1 de enero estaban inscritas 2.220 personas, lo que unidas a las 350 de Nafarroa, suman un total de 2.570 personas que ya han dejado por escrito sus voluntades.
El hecho de disponer de un documento de voluntades anticipadas supone un importante respaldo para los profesionales sanitarios, que de esta forma pueden conocer de primera mano los deseos de los pacientes y puede servir de ayuda en la toma de decisiones sobre las actuaciones médicas.
Este documento puede ser redactado por cualquier persona
mayor de 16 años, pero para que tenga validez deberá realizarse ante un notario
o ante tres testigos mayores de edad, de los que dos no deberán tener relación
familiar ni patrimonial hasta segundo grado con el interesado. El contenido de
esta declaración es libre, y en ella se pueden incluir los valores y opciones
personales que orientan las decisiones de una persona respecto a los momentos
finales de su vida. También puede dar instrucciones sobre la aceptación o
rechazo de determinados tratamientos. -