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ELECCIONES EN EUSKAL HERRIA

El Constitucional acepta el derecho de la izquierda abertzale a hacer política

En la sentencia que decreta que Bildu puede presentarse a las elecciones establece en varias ocasiones una nítida diferenciación entre la formación Batasuna ilegalizada en 2003 y la izquierda abertzale que ha suscrito acuerdos con Eusko Alkartasuna y Alternatiba en estos últimos meses.

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Iñaki IRIONDO | GASTEIZ

El Tribunal Constitucional hizo pública ayer su sentencia, en la que da a conocer los argumentos por los que permitió que Bildu pueda concurrir a las elecciones. Sostiene que los indicios admitidos por el Supremo no acreditaban de ninguna forma la existencia de una trama defraudatoria que pretendiera la continuidad de partidos ilegalizados. Concluye que «la simple sospecha no puede constituirse en argumento jurídicamente aceptable para excluir a nadie del pleno ejercicio de su derecho fundamental de participación política».

Frente a lo ocurrido con los autos y sentencias de veto a Bildu y anteriormente a Sortu en el Tribunal Supremo, que fueron contestadas de forma conjunta por magistrados discrepantes, en esta ocasión cada uno de los jueces que no comparten la opinión de la mayoría del Constitucional hace su propio voto particular, aunque coinciden en creer que el TC se ha extralimitado porque analiza las pruebas yendo más allá de su función de ver si se conculcaron o no derechos de Bildu.

Pero una vez que ya era conocida la decisión de admitir las candidaturas de la coalición, lo que más llama la atención de la lectura de la sentencia del Tribunal Constitucional es la defensa que hace del derecho de la izquierda abertzale a participar en política, diferenciando el concepto «izquierda abertzale» de la formación ilegalizada «Batasuna».

Entre los elementos utilizados por el Tribunal Supremo para prohibir las candidaturas de Bildu se encontraban el documento «Euskal Herria Ezkerretik», el acuerdo «Lortu Arte» y el escrito «Herri Akordioa. Metodología Básica».

Al margen de otras consideraciones, la sentencia del TS identificaba todos estos documentos con la base común de que se trataba de acuerdos entre Batasuna y los otros partidos. Sin embargo, el TC le responde y regaña que son acuerdos suscritos por la izquierda abertzale, no por Batasuna.

Por ejemplo, en el caso de «Euskal Herria Ezkerretik», al que la Sala del 61 del Tribunal Supremo «confiere especial relevancia para estimar acreditada la materialización de la apuntada intención defraudatoria» desde la premisa de que «fue suscrito por Batasuna, Eusko Alkartasuna y Alternatiba», el Tribunal Constitucional responde que «la lectura de dicho Acuerdo, que lleva por subtítulo, `Acuerdo por el cambio político y social entre independentistas y soberanistas de izquierda', permite apreciar de manera indubitada que se trata de un acuerdo suscrito entre la Izquierda Abertzale, Eusko Alkartasuna y Alternatiba, no, como se dice en la Sentencia impugnada, entre estos dos partidos políticos y Batasuna».

«Expresión no proscrita»

La diferenciación entre izquierda abertzale y la formación ilegalizada Batasuna no es anecdótica en esta sentencia, y menos estando pendiente el recurso sobre la no inscripción de Sortu en el registro de partidos políticos.

El Tribunal Constitucional afirma que «ha de insistir una vez más que la izquierda abertzale como expresión ideológica `no ha sido proscrita de nuestro ordenamiento ni podría llegar a serlo'». Explica que lo ilegalizable no son las ideas, sino su «promoción y defensa de medios ilícitos o violentos» y quienes «se sirven de la intimidación terrorista para la conse- cución de sus fines».

Pero es más, a la hora de valorar los datos obtenidos la intervención de comunicaciones a Arnaldo Otegi, a alcaldes de la izquierda abertzale o a supuestos «miembros de la Mesa Nacional», el TC reitera en esta sen- tencia que «la disolución de un partido político no comporta la privación del derecho de sufragio, activo o pasivo, de quienes fueron sus promotores, dirigentes o afiliados».

E, incluso, añade que «más concretamente, la ilegalización judicial de los partidos políticos Herri Batasuna, Euskal Herritarrok y Batasuna no ha producido como efecto, en ningún caso, la privación del derecho de sufragio de ciudadano alguno, de modo que ni los promotores, dirigentes o afiliados de los partidos políticos ilegalizados están privados como consecuencia de esa ilegalización del derecho de participación política ni de la acción política en el marco del sistema democrático».

Esta lectura sobre la izquierda abertzale coincide con la que en los últimos meses han venido realizando también de forma conjunta los magistrados del Tribunal Supremo que firmaron los votos particulares sobre Sortu o Bildu.

El «contraindicio»

La sentencia del Tribunal Constitucional aborda también la cuestión del rechazo expreso a la violencia de los candidatos de Bildu. Recuerda que es la debilidad probatoria de los indicios manejados por el Supremo lo que permite la legalización de la coalición, por lo que ni siquiera sería necesario entrar en la cuestión del «contraindicio de la condena del terrorismo». No obstante, opta por hacer una consideración al respecto, a la vista de que la Sala del 61 lo despachó y relativizó al considerarlo «simulado».

Frente a esta posición del Supremo, el Constitucional responde que la duda sobre la sinceridad de las declaraciones sólo puede ser resuelta con «hechos observables». Y añade que mientras la Sala del 61 ofrece «conjeturas», la realidad es que la coalición está formada por dos partidos sin tacha alguna en este apartado y que todos los candidatos han firmado un decálogo en términos que el TC ya consideró en 2009 (en el caso de la candidatura de Iniciativa Internacionalista) suficientemente acreditativos de un rechazo y que ve equiparables con una «condena» a ETA.

El Constitucional acusa al TS de haberse basado en meras sospechas para ilegalizar Bildu, y le recuerda que los cambios legislativos permiten ahora actuar a posteriori. Sentencia que «la pretensión de asegurar a ultranza, mediante controles preventivos, la seguridad del Estado constitucional pone muy en primer lugar en riesgo al propio Estado constitucional».

Votos particulares

Los cinco magistrados del Tribunal Constitucional partidarios de prohibir que Bildu concurra a las elecciones del 22 de mayo firman cada uno un voto particular discrepante, pero tienen en común la consideración de que este órgano se ha extralimitado en sus funciones constitucionales al volver a evaluar las pruebas que ya había analizado el Supremo. Así, denuncian que se ha actuado como un nuevo tribunal de apelación.

Los discrepantes no creen que haya una insuficiencia probatoria en la Sentencia del Supremo que haya vulnerado los derechos de Bildu, sino que el TC ha valorado esas pruebas de otra forma. Además, los cinco coinciden en el prejuicio de que todo obedece a una decisión de «ETA/Batasuna».

Francisco José Hernando -magistrado al que Bildu recusó por ser el firmante de sentencias ilegalizadoras a las que hacía mención la Sala del 61- usa su voto particular para introducir valoraciones políticas como que «los casi diez años de aplicación de esta Ley [de Partidos] ofrecen un magnífico balance». Y atribuye precisamente ese mérito a la Sala que presidió.

El PP salió de inmediato en apoyo de estos jueces. Federico Trillo aseguró que la sentencia es «jurídicamente inaceptable».

DEFRAUDAR

El Constitucional sostiene que no basta con decir que puede que alguien tenga una intención defraudatoria, sino que el fraude se ha consumado y hay que demostrarlo.

Basagoiti dice que no romperá jamás el pacto con el PSE

El presidente del PP de la CAV, Antonio Basagoiti, aseguró ayer que «jamás» romperá el pacto con el PSE porque «los pactos sólo los puede romper quien los incumple, jamás quien los cumple» y porque una ruptura sería poner «la guinda del pastel» que elabora el presidente del PNV, Iñigo Urkullu, con la «aquiescencia» del jefe del Gobierno español, José Luis Rodríguez Zapatero.

En un desayuno en el Foro Europa de Nueva Econocmía en Madrid, Basagoiti manifestó que existe un proceso que pasa por la presencia de Bildu en las elecciones del 22 de mayo y que culmina con una nueva mayoría en el Gobierno de Lakua. Su conclusión es que el objetivo final de este proceso es que «salte por los aires» el pacto PSE-PP y que el PNV vuelva a gobernar en la CAV, una posibilidad que Basagoiti rechaza hasta donde el PP pueda evitarlo. Además, puso en valor actuaciones de Lakua como llevar las víctimas de ETA a las escuelas y «retirar la cartelería de Batasuna».

El Foro de Ermua va mucho más allá y sostiene que el pacto entre el PSE y el PP «ya está roto» por culpa de los primeros, ya que «es incompatible con una política antiterrorista pactada con ETA». La presidenta del Foro de Ermua, Inmaculada Castilla de Cortázar, criticó a Antonio Basagoiti por «obstinarse» en mantener lo que a su juicio es «una farsa». GARA

La derecha extrema se moviliza

La plataforma Voces contra el Terrorismo, presidida por Francisco José Alcaraz, ex presidente de la AVT, ha convocado una concentración para el sábado en Madrid con el lema «Ante la traición a España, ETA fuera de las instituciones» que algunas agencias pronostican que contará con el apoyo de la mayoría de asociaciones y colectivos de víctimas. Algunos cargos del PP ya han anunciado su asistencia al acto, cuya legalización podría entrar en colisión con la Ley Electoral. Por otra parte, el colectivo ultraderechista Manos Limpias ha denunciado a los seis jueces que avalaron a Bildu por «falta de imparcialidad y prevaricación». GARA

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