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Julen Arzuaga | Giza Eskubideen Behatokia

Iguales y diferentes

El autor analiza la cuestión de «en qué somos los vascos iguales y en qué diferentes» y con respecto «a quién», y dibuja una hoja de ruta para un futuro de soluciones con un primera estación de reconocimiento de «la igualdad ante la ley española», y una segunda estación de «reconocimiento y ejercicio del hecho diferencial vasco». Considera urgente reparar tantos años de discriminación poniendo a todos los ciudadanos del país «en igualdad de derechos», y concluye abogando por «invertir los variables» de ser «diferentes» ante la ley penal/administrativa e «iguales» ante la política/constitucional.

Dicen en los Estados Unidos que cuando un chaval blanco pedalea con todas sus fuerzas en su bicicleta es porque está experimentando el éxtasis de la libertad. Si es un joven negro quien pedalea con ese ímpetu, es porque huye de la policía.

El principio, valor o derecho a la igualdad se emplea profusamente en ámbitos tales como el género, el reparto de riqueza, la diversidad de procedencia, religión, raza o cultura. Tiene vertientes y matices como para llenar varios libros. Quiero referirme a lo que aquí y hoy puede significar esta cuestión: en qué somos iguales y en qué diferentes, y con respecto a quién.

Todo ser humano es diferente entre sí, por lo que reclamar igualdad total y para todos sería ridículo. Cuestión, pues, de matices. La igualdad tiene que ver con el tratamiento que se presta a personas que aún diferentes en algo, ese algo no tiene relevancia suficiente como para justificar un trato diferente. Siguiendo con el ejemplo del encabezamiento, la diferencia de la pigmentación de la piel no es argumento suficiente para razonar que un joven deba ser aplaudido por su efusividad libertaria, mientras que el otro sea detenido preventivamente. Desde el punto de vista contrario, si las personas son en algo iguales, siendo lo relevante la diferencia, estará justificado un tratamiento en consecuencia, diferente. En el ejemplo anterior, se justificarían medidas de apoyo, ayudas, incluso el reconocimiento de derechos devengados a los descendientes afroamericanos, en aplicación de los Planes de Acción de la Conferencia Mundial contra el Racismo. Iguales y diferentes.

Entiendo que la regla general es la igualdad, recayendo en quien pretenda un tratamiento desigual la carga de la argumentación de en qué y porqué la diferencia.

Entro pues en materia: el Estado español ha justificado en que son «terroristas» un trato absolutamente desigualitario a miles de vascos y vascas. Con dicha etiqueta han favorecido que sean detenidos y acusados arbitrariamente, tal y como hemos visto anteriormente y lo haremos próximamente en el proceso «Bateragune». En contra de esa regla general igualitaria, han sido detenidos bajo regímenes especiales y se les ha aplicado, en circunstancias discriminatorias, políticas penitenciarias excepcionales. Una retahíla de leyes, reglamentos o simples interpretaciones que se basaban en la presunción de que estas personas eran diferentes del resto. Y lo eran sobre la base de una etérea valoración de elementos ideológicos, de opinión, de presuntos vínculos personales o colectivos asimismo subjetivamente interpretados. Sobre esta sospecha se construyó un «enemigo» golpeado por un derecho especial, segregado del «ciudadano» a quien defiende el derecho ordinario. Probablemente la expresión más clara de esta dinámica ha sido la limitación del derecho de sufragio -tanto activo como pasivo- que acertadamente se ha denominado «apartheid», ya que en el fuero interno de sus diseñadores prevalecía la idea de relegar a ciertas personas, por ser «diferentes», fuera del proceso político. Algo que, si bien a punto de pasar página, todavía subyace en el actual debate sobre la configuración de las instituciones y que anima a la propuesta de pactos de exclusión o veto de ciertas candidaturas, porque en el fondo, todavía están «contaminadas», son «recién llegados a la democracia», no tienen capacidad para gobernar por no disponer del pedigrí civil necesario. El debate no se produce en torno a un contraste abierto de programas, sino que se soporta sobre un sambenito, efecto de años de estigmatización ante instituciones excluyentes.

Pues bien, esa diferencia de trato se ha demostrado insostenible. No estaba justificada. Ahora debemos enfrentar la reparación de tantos años de discriminación: poner a todos y todas las ciudadanas de este país en igualdad de derechos. Y lo digo sin un ápice de «victimismo», último reducto desde el que ridiculizar reclamaciones legítimas. Lo digo porque es una rémora y un obstáculo para la realización del derecho de igualdad que la ley española dice garantizar.

Y entramos en la segunda cuestión: ¿somos completamente iguales al resto de los españoles o nos diferenciamos en algo relevante que justifique una excepción? Como he dicho anteriormente, demostrar la razón diferencial es competencia de quien la alega. En este caso de nosotros y nosotras. Tenemos que justificar que la existencia de una lengua, una historia, un haz de costumbres y tradiciones, una visión del mundo compartida, un vínculo común... es combustible suficiente para proyectar a este pueblo hacia el futuro como sujeto colectivo diferenciado de sus vecinos. La brecha ideológica, de sentimientos, cultural, política, social, de aspiraciones que tras las últimas elecciones se ha trazado geográficamente en el Ebro -o en Pancorbo según otros- es de suficiente entidad como para visualizar y dar fuelle, ahora mejor que nunca, a ese hecho diferencial y convertirlo en realidad.

Si demostramos que esos elementos diferenciales tienen entidad suficiente para establecer una particularidad al criterio uniformador de la legislación española, se debería establecer inmediatamente un procedimiento sobre cómo ejercer tal diferencia. Hecho diferencial que, de ser acogido y expresado de forma nítida y mayoritaria por la ciudadanía de Euskal Herria, debería ser reconocido asimismo por las autoridades españolas y la comunidad internacional.

No es contradictoria esta hoja de ruta, ya que el reconocimiento de la igualdad ante la vigente ley española -tras el fracaso hoy certificado del trato discriminatorio por ser «terroristas»- y la posterior declaración del derecho a ejercer la diferencia -por el hecho cierto de ser «vascos»- en base a la legislación y legitimación internacional son estaciones sucesivas. La primera de ellas -el final del ciclo de ilegalización, la remoción de leyes excepcionales, eliminación de tratamientos penales extraordinarios que además son vulneratorios de derechos humanos- está tras la siguiente curva. No puede ser de otra manera en el actual escenario político. Con respecto a la segunda estación -reconocimiento y ejercicio del hecho diferencial- tenemos todos los elementos sobre la mesa, pero debemos madurarlos, trabajarlos, interiorizarlos positivamente y exteriorizarlos pedagógicamente a convecinos varios.

Hay otro elemento para justificar ese tracto temporal continuo: el reconocimiento de la igualdad como ciudadanos ante la legislación española nos permitiría entrar en la modernidad, con la instauración -por fin- de un Estado de derecho que trata a sus ciudadanos por igual. Llegamos tarde. El reconocimiento del hecho diferencial y de que además, este conlleva un derecho de autodisposición, autogobierno o autodeterminación, por el que una colectividad dibuja el futuro que desea, nos sitúa en el momento histórico actual de post (o trans)modernidad. El Reino de España nos ha hecho perder décadas haciéndonos diferentes ante la ley penal/administrativa e iguales ante la ley política/constitucional. Y han fracasado. Invirtamos esas variables.

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