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Derogan una ley que permitía filtrar a los abogados vascos

El Consejo Constitucional francés derogó el pasado viernes un artículo del Código de procedimiento penal que permitía pasar por la criba a los abogados de detenidos relacionados con la «gran criminalidad y el terrorismo», por considerar que vulnera el derecho a la defensa. La disposición fue ideada, en un principio, cara a los abogados de militantes vascos.

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Arantxa MANTEROLA | BAIONA

No ha llegado a aplicarse pero la intención de la ley aprobada por la Asamblea Nacional era clara: filtrar a los abogados que asisten a los militantes políticos durante el período de detención. Un objetivo inspirado en la legislación española e ideado, en un principio, para los abogados de militantes vascos pero que, al legislarlo, obviamente se extendió a todos los casos relacionados con el «terrorismo».

Para ello, el pasado 14 de noviembre, el Gobierno francés precisó por decreto las condiciones para formar parte de la «lista de abogados designados para intervenir en las detenciones relacionadas con el terrorismo».

El decreto venía a desarrollar un artículo, en concreto el 706-88-2 del Código de procedimiento penal, aprobado el 14 de abril de 2011, que preveía que, a instancias de la Policía o Gendarmería, el juez de las libertades y la detención o el juez de instrucción pueden decidir que la persona detenida sea asistida por un abogado de oficio integrado en la lista de letrados habilitados previamente.

Entre las condiciones exigidas para formar parte de esa lista figuraban una antigüedad mínima de cinco años en el ejercicio de la abogacía y no superar el tope del 10% de los abogados inscritos en el respectivo colegio territorial. El CNB (Consejo Nacional de Colegios de Abogados de Francia) se encargaría de solicitar a cada uno de ellos los nombres de quienes quisieran inscribirse en dicha lista, cuya validez sería de tres años y después, a partir de las consignas que el Ministerio de Justicia le enviaría, debía elaborar la definitiva y comunicarla antes del próximo 1 de abril, fecha en la que iba a ponerse en aplicación.

Profesionalidad en duda

Sin embargo, lejos de colaborar con las intenciones del Gobierno, el CNB y los sindicatos de abogados se mostraron contrarios al dispositivo por considerar que ponía en entredicho la profesionalidad de los letrados al considerarlos como «cómplices» y vulneraba el derecho de las personas a la libre elección de su defensor.

Para reflejar su desacuerdo han llevado a cabo iniciativas, como obstaculizar la elaboración de las listas especiales de abogados de oficio o no cumplir con los requisitos exigidos para ello. Además, el Colegio de Abogados de Bastia planteó en urgencia la cuestión de la inconstitucionalidad estimada ahora por el Consejo y que tiene por efecto la derogación, no ya del decreto, sino de todo el artículo.

Para Patrice Spinosi, el letrado corso que en nombre de sus colegas interpuso la demanda, se trata de una «buena decisión» aunque los argumentos en los que se cimenta no terminan de ser de su gusto: «El Consejo Constitucional no ha considerado que la libre elección de un abogado forma parte de los derechos fundamentales. Cree que es posible restringirlos excepcionalmente pero que los términos en los que se hiciese deben estar bien detallados en la ley».

Y es que, en su resolución el Consejo entiende que se podría diferir la asistencia letrada al detenido «con el fin de no malograr la búsqueda de autores de crímenes y delitos de terrorismo o para garantizar la seguridad de las personas» pero que el legislador debe definir las condiciones en los que se restringe el derecho a la defensa, algo que, en su opinión, el decreto en cuestión no ha contemplado.

Desconfianza policial

La abogada vasca Amaia Rekarte también piensa que es una «decisión sensata». En su opinión, la razón de la disposición ahora anulada radica en la «desconfianza general que policías y gendarmes mantienen hacia los abogados, una desconfianza mayor aún en los casos investigados o instruidos bajo la ley antiterrorista que hace que no nos dejan consultar los expedientes ni los detalles del procedimiento mientras nuestros defendidos están detenidos».

Agudo revindica el regreso de los exiliados en el juicio en su contra

El abogado vasco Joseba Agudo exigió ayer que «se deje de perseguir» a refugiados y deportados y reivindicó la puesta en marcha de mecanismos que garanticen su regreso durante el juicio que se sigue en su contra en la Audiencia Nacional española. Agudo, para quien el fiscal Luis Barroso pide 9 años de cárcel por «integración» en ETA, abogó por «resolver el conflicto político que se vive desde hace tiempo en nuestro país, en clave de una paz justa y duradera». Además, señaló que «el único delito» del que se le acusa es «el de ayudar a esas personas y ayudar a sus familias».

Durante la vista, que tuvo lugar ayer en el tribunal de excepción español, Agudo negó ser miembro de ETA y recordó que se encargaba, en su condición de letrado, de los proceso de extradición en diferentes estados de personas que se encontraban «en situación difícil». El abogado fue detenido en octubre de 2009 y desde entonces permanece en prisión.

El fiscal, por su parte, mantiene su versión de que Agudo ejercía como «enlace» de ETA. Sin embargo, los peritos que intervinieron en la vista ni siquiera fueron capaces de identificar los paises a los que se referían unas notas supuestamente halladas a la organización armada y reconocieron que se basan en «hipótesis». GARA

RÉGIMEN ESPECIAL

La jurisprudencia de la Corte Europea de Derechos Humanos y el Consejo Constitucional obligaron al Estado francés a permitir la asistencia letrada a los detenidos pero seguía manteniendo un régimen especial en los casos relacionados con el «terrorismo».

LISTA de oficio

Con el artículo derogado el 17 de febrero pasado por el Consejo Constitucional, jueces y policías pretendían limitar la asistencia letrada a una lista especial de abogados de oficio previamente habilitados por el Ministerio de Justicia.

La AN absuelve a Gesalaga y cuestiona las escuchas que pidió Marlaska

«Los hechos relatados no constituyen el delito de pertenencia a organización terrorista, toda vez que las pruebas de cargo no solo han sido absolutamente insuficientes sino que el procedimiento para obtenerlas no se ajusta a los parámetros de legalidad». La sentencia de la sala cuarta de la Audiencia Nacional española exculpa de este modo al zarautztarra Iraitz Gesalaga, que ha pasado un año en prisión después de ser arrestado en Ziburu en enero de 2011. En la misma operación fue detenida en Zarautz Itxaso Urtiaga, que quedó en libertad.

La sentencia no solo exculpa a Gesalaga, sino que carga contra la instrucción desarrollada por el juez Fernando Grande Marlaska. Según la sentencia, el magistrado ordenó «sin más explicaciones» pinchar el teléfono de Urtiaga en octubre de 2010. Una situación que alargó a través de sucesivos autos a pesar de que «no existía justificación alguna».

El fiscal pedía una pena de diez años por «integración en banda armada» y lo ubicaba como experto informático. A.P.

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