La Justicia da un respiro a Cristina de Borbón al suspender su imputación
La Audiencia de Illes Balears dio ayer un respiro a Cristina de Borbón al suspender su imputación en el «caso Nóos», un escándalo de corrupción en el que están implicados su esposo, Iñaki Urdangarin, cuando la monarquía española se encuentra inmersa en una crisis sin precedentes.
GARA | PALMA
La sección segunda de la Audiencia de Palma acordó ayer dejar sin efecto la citación de la infanta Cristina de Borbón para declarar en el «caso Nóos» y ha suspendido su imputación a la espera de que el juez instructor recabe más información sobre su presunta implicación en un delito contra la Hacienda Pública en relación al desvío de seis millones de euros de dinero público que presuntamente cometieron su esposo, Iñaki Urdangarin y su exsocio Diego Torres en el Instituto Nóos.
El Tribunal estima así en parte, con el voto discrepante de uno de los magistrados, el recurso de la Fiscalía Anticorrupción. En el auto se recuerda que la hija del rey español «sigue siendo investigada» y tilda de «excepcional y exhaustivo» el trabajo del juez instructor José Castro.
Aunque deja sin efecto «por el momento» la citación de la infanta en relación con la presunta cooperación necesaria o complicidad en los delitos supuestamente cometidos por Urdangarin y Torres en el Instituto Nóos, en los que hasta 2006 figuraba como miembro de la dirección, el tribunal insta al juez Castro a reclamar en un plazo concreto a este último todos los correos electrónicos que aporten informa- ción relevante. Añade que una vez examinados, Castro se debe pronunciar «definitivamente sobre el archivo parcial de la investigación respecto de la infanta».
Los delitos que se imputan a Urdangarin y Torres son falsedad documental, prevaricación, malversación de fondos públicos, fraude a la Administración y tráfico de influencias.
La Sala concluye que de los 14 indicios que apuntó Castro para imputar a Cristina de Borbón no se extrae «una conclusión fáctica comprensible y concreta de cuál es exactamente la conducta de colaboración principal o secundaria», ni se sabe si fue activa o por omisión, y sostiene que las contrataciones con las administraciones públicas se hicieron «al margen de cualquier intervención de la infanta y la Casa Real».
Aprecia indicios de fraude y malversación contra Urdangarin y Torres, pero dice que «no hay indicios vehementes (...) de que la infanta conociera, se concertase, ni participase en el presunto plan criminal urdido por su marido y por su socio, tendente a cometer un fraude a la administración».
Que la infanta se beneficiara, al ser propietaria del 50% de Aizoon, de los ingresos que generaban a esta entidad las actividades ilegales de Urdangarin y Torres tampoco es punible, según la Audiencia, porque para eso debería conocer «con un alto grado de certeza el origen delictivo de los fondos». No obstante, tras haber abandonado Nóos en marzo de 2006, sí debió estar al tanto y pudo cometer un delito tributario, apunta.
El magistrado discrepante Juan Jiménez señaló en un voto particular que si se indagara en el número de recursos que ha presentado el fiscal contra imputaciones se podría determinar que el que ha planteado en este caso es insólito.