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La banca deberá avisar de las cláusulas de suelo que no rebajan hipoteca

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El pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) ha obligado a la banca a advertir expresamente a los clientes de que si firman un hipoteca con cláusulas suelo no podrán beneficiarse de determinadas bajadas del euribor.

Así lo estableció el alto tribunal en una sentencia en la que, sentando jurisprudencia, declara la nulidad de estas cláusulas en los casos en los que se produzca una falta de transparencia y en la que establece que no es suficiente con que sean comprensibles de forma aislada. También señala que, de acuerdo con ese requisito, los clientes deben ser informados de otros productos para que puedan realizar una comparación con datos suficientes.

Los magistrados sientan así doctrina tras admitir el recurso de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios y Financieros (Ausbanc) contra una sentencia de la Audiencia de Sevilla que daba la razón al BBVA y avalaba estas cláusulas.

De interés fijo a variable

La resolución establece que los consumidores deben ser informados de que, cuando el tipo de interés baja a determinados niveles, el préstamo se transforma en préstamo a interés fijo, variable sólo al alza, y no se beneficiarán de las bajadas del índice de referencia, en general el euribor.

También serán advertidos cuando se cree la «apariencia» de que «el suelo tiene como contraprestación inescindible la fijación de un techo».

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