Madrid regula los bancos de cordón umbilical como donación altruista
MADRID
El Consejo de Ministros español aprobó ayer el decreto que regula las normas de calidad y seguridad para la donación y uso de células y tejidos humanos, que incluye una detallada regulación de los bancos de células de cordón umbilical con un «espíritu de donación altruista». El decreto autoriza los bancos privados de unidades de sangre de cordón umbilical para eventual uso autólogo, pero estas unidades deberán estar a disposición de cualquier enfermo, posibilidad que deberá ser comunicada a los padres antes de proceder a la extracción de la unidad. La vicepresidenta primera del Gobierno español, María Teresa Fernández de la Vega, dijo que esta regulación «impide que las comunidades autónomas creen bancos privados sin fijar siquiera están- dares cualitativos». Añadió que el decreto «pone especial cuidado en el funcionamiento de los bancos de cordón umbilical, permitiendo que se puedan guardar células y tejidos para su posible uso futuro, ya sea en la misma persona o en otras enfermas, siempre con plenas garantías de seguridad». «Para ello añadió se fijan requisitos muy concretos y se permite el acceso a las muestras de cualquier enfermo que lo precise en el mundo a través de una red internacional». En lo relativo a los bancos de células de cordón umbilical, el decreto regula desde el espíritu de donación altruista, tanto su uso alogénico (cuando el cordón se dona para su aplicación en terceras personas), como autólogo (cuando se almacena para la utilización en el propio donante). Respecto a los bancos con fines autólogos, se establecen una serie de requisitos como que la información que se suministre a la familia sobre las posibilidades de estas prácticas sea veraz, fidedigna y supervisada por las autoridades sanitarias competentes. El incumplimiento de este requisito puede conllevar la suspensión de las actividades del centro. También se fijan de manera estricta las condiciones en las que se deben recoger los cordones y las características de los centros donde ésta se efectúe. Estos bancos deben garantizar la disponibilidad de las unidades almacenadas y están obligados asimismo a suscribir un seguro que cubra los costes en el caso de que se cedan a otro centro.
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