Imponen una multa de 320 euros a dos encargados por la muerte de un trabajador
Un juez de Nafarroa ha condenado a dos encargados, como autores confesos de una falta de homicidio con imprudencia leve, tras la muerte de un operario, sin protección y con material en malas condiciones.
GARA |
Los encargados de dos empresas navarras, una de ellas subcontratada, han sido condenados a una multa de 320 euros cada uno como autores confesos de una falta de homicidio por imprudencia leve relacionada con la muerte de un operario que recibió una descarga eléctrica cuando trabajaba en Etxarri Aranatz.
Por conformidad de las partes, el Juzgado de Penal número uno condena además a Juan Luis F.I., de 40 años, e ingeniero de la empresa BSH Ufesa Industrial, y a Enrique E.O., de 54 años, encargado de la empresa Robert S.L, al pago conjunto y solidario de una indemnización de unos 211.000 euros a la familia del trabajador fallecido.
La sentencia considera probado que la empresa BSH Ufesa Industrial, en sus instalaciones de Etxarri Aranatz, había subcontratado a la empresa Electricidad Robert SL, de Lizarra, para realizar determinados cometidos como la supresión de líneas eléctricas viejas e instalaciones de alumbrados, entre otros.
Los acusados, según agrega el fallo, designaron al trabajador José Antonio Superviola Yoldi para que descolgara la instalación eléctrica de protección de incendios e informática, que se encontraba anclada en la pared y sujeta a la canaleta superior, a 5,50 metros del suelo.
Sin sujeción de ningún tipo
La sentencia recuerda que a las 16.25 horas del 26 de junio de 2002 el trabajador se subió a una escalera con el fin de realizar tal cometido. Relata que el empleado apoyó la escalera de aluminio de tres tramos en el suelo de la nave y en la canaleta, sin utilizar arnés ni sujeción de ningún tipo, y, en un momento dado, cortó un cable eléctrico que discurría por la canaleta, para lo que utilizó una tijera de electricista.
La tijera que utilizó tenía la protección rota, lo que permitía el contacto del metal con la piel, por lo que, cuando la herramienta entró en contacto con el cobre del cable, el operario sufrió una descarga eléctrica que le causó heridas en la mano y le hizo precipitarse al suelo, donde se golpeó «violentamente» en la parte posterior derecha de la cabeza y le produjo una fractura de grandes dimensiones que le causó la muerte.
La sentencia concluye que de la dotación de material al trabajador accidentado se encargaban ambas empresas y que los procesados, que reconocieron los hechos que se les imputaban en la vista oral, eran los encargados de vigilar dicho material.
Por otra parte, UGT de Euskadi anunció ayer que remitirá informes a la Fiscalía de todos aquellos casos en los que aprecie un posible «delito de riesgo» por incumplir de la Ley de Prevención.