Luismi Uharte Pozas - Miembro de Askapena
El derecho de autodeterminación de los pueblos: el caso vasco
Uno de los graves problemas relacionados con el derecho de autodeterminación de los pueblos, es la tergiversación que se ha generado en torno al concepto y la consiguiente confusión generalizada respecto a su significado real. Por tanto, el primer paso que debemos dar es ofrecer una definición clara y precisa. La siguiente nos podría servir: «Autodeterminación, concepto que, en ciencia política y Derecho internacional público, designa el derecho de los pueblos a decidir libremente y por sí mismos la forma de gobierno por la que se regirán, así como el de determinar a qué entidad estatal pertenecerán y, en última instancia, a constituirse, si así lo desearan, como estado independiente».
Esta definición, extraída de una conocida enciclopedia, es posible que a más de uno le lleve a pensar que autodeterminación e independencia son términos sinónimos, cuando en realidad son categorías con significados diferenciados. Autodeterminación es un derecho colectivo y democrático de los pueblos, que posibilita que los ciudadanos de un territorio decidan entre diferentes proyectos políticos. Independencia suele ser uno de esos proyectos políticos que normalmente aparecen como opción en un referéndum de autodeterminación. Por lo tanto, un referéndum de autodeterminación, puede llevar a que los ciudadanos opten por la independencia de un territorio o por todo lo contrario, por la permanencia en el Estado en el que estaban hasta ese momento. El hecho de que muchos gobiernos imperialistas y sus medios de comu- nicación afines intenten equiparar independencia con autodeterminación, tiene como objetivo bloquear un derecho democrático básico como es que la ciudadanía decida entre diferentes proyectos políticos (independencia, estado federal, estado autonómico, estado centralista), es decir, que se autodetermine. La razón principal para generar esta confusión es que ningún Estado o gobierno quiere aparecer como antidemocrático por negar un derecho como el de la autodeterminación, que es, insistimos, no un proyecto político sino un derecho democrático.
Una vez aclarado el significado del concepto, es importante que conozcamos la historia del derecho de autodeterminación de los pueblos. Como principio moderno, surge tras la primera guerra mundial, cuando el presidente Wilson (EEUU) lo incluye como uno de los catorce puntos del Tratado de Versalles. Tras finalizar la segunda guerra mundial, adquiere un carácter más sólido, cuando la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en su propia Carta fundacional, reconoce el derecho de los pueblos a su libre determinación (artículos 1 y 55). La consolidación se produce a partir de 1960, cuando la resolución 1.514 de la ONU concreta el derecho de los pueblos colonizados a decidir, mediante plebiscito o referéndum, su establecimiento como estados soberanos. De inmediato se suscitó un fuerte movimiento que condujo al proceso de descolonización en Asia y Africa, y que culminó con la desintegración de los imperios coloniales europeos. Más adelante, en el año 1966, la Asamblea General de la ONU, aprueba el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que incluyen en su seno el derecho de autodeterminación de los pueblos.
Desde su plasmación jurídica, la autodeterminación ha producido controversia entre aquéllos que aseguran que este derecho sólo es reconocido a los pueblos colonizados, por lo tanto, a africanos, asiáticos y americanos, y aquéllos que reivindican la legitimidad de la aplicación de dicho derecho a pueblos que no soportan una opresión colonial «formal», pero sí se encuentran bajo dominación de poderosos estados, como ocurre con varios en el contexto europeo (irlandeses, vascos, corsos, etc.). Los que quieren restringir el debate al ámbito jurídico, es decir, a si «legalmente» unos pueblos tienen derecho o no, están generando una discusión estéril y absurda, ya que el derecho de autodeterminación de los pueblos no es un problema jurídico, sino netamente político. Es decir, que si existe un conflicto político en el interior de un estado, entre pueblos diferenciados histórica, territorial, lingüística, cultural, política y sociológicamente, la manera más racional, lógica y democrática para solucionarlo es aceptar y aplicar el principio del derecho de autodeterminación.
El caso vasco
Por supuesto, como acabamos de apuntar, el derecho de autodeterminación se convierte en una herramienta eficaz para tratar de superar conflictos que enfrentan a pueblos diferenciados (histórica, territorial, lingüística, cultural, política y sociológicamente). El caso vasco es un ejemplo paradigmático, ya que cumple todos estos requisitos que hemos mencionado. En primer lugar, existe una razón histórica, es decir, un desarrollo histórico autónomo y diferenciado respecto a esas otras entidades que algunos denominan España o Estado español, y Francia o Estado francés. El pueblo vasco es uno de los más antiguos de Europa, con miles de años de existencia anterior al «pueblo español» y al «pueblo francés». Además, los vascos tuvieron durante varios siglos su Estado independiente y autónomo en el contexto europeo, bajo la denominación de Reino de Navarra. La historia nos muestra que dicho Estado no se «incorporó» a España «voluntariamente», sino que fue conquistado militarmente por el Ejército castellano en el año 1.512. Identificar una conquista militar como «incorporación voluntaria» es tan grotesco y manipulador como hablar de la conquista y genocidio americano iniciado en 1.492 como de «encuentro entre dos culturas», o como aludir a la invasión imperialista estadounidense contra Irak como una campaña por la libertad y la democracia. Durante el siglo XIX, el siglo de la recuperación de la independencia de los pueblos de América contra España, en el Estado español estallaron las guerras carlistas, que tuvieron un componente protonacionalista vasco importante, germen del posterior nacionalismo vasco contemporáneo, que nace a finales del mismo siglo. A lo largo del siglo XX y principios del XXI, la conciencia histórica de los vascos como pueblo diferenciado se ha fortalecido, lo que deja meridianamente claro que el factor histórico tiene un peso específico.
En segundo lugar, tenemos la razón territorial, obviamente relacionada con la razón histórica, y es el hecho de que desde hace miles de años, a ambos lados de los Pirineos, ha existido y sigue existiendo una comunidad con rasgos históricos, lingüísticos y culturales comunes, llamada pueblo vasco. Hoy en día, y después de varios siglos, siete provincias forman el conjunto de Euskal Herria o País Vasco, las tres del norte bajo control y administración francesa, y las cuatro del sur bajo dominación y admi- nistración española. Existe, por tanto, un territorio histórico perfectamente delimitado.
En tercer lugar, la razón lingüístico-cultural es inobjetable. La mayoría de los especialistas identifican a la lengua vasca, el euskara, como el idioma más antiguo de Europa, cuyos orígenes todavía hoy desconocidos (no es de origen latino, ni indoeuropeo), nos remontan a miles de años atrás, cuando todavía ni el castellano ni el francés existían como vehículos de comunicación. A pesar de la permanente colonización cultural española y francesa y los ataques constantes a la lengua milenaria de los vascos, hoy en día el euskera sigue siendo una lengua viva y en proceso de recuperación y expansión a lo largo de toda la geografía vasca.
En cuarto lugar, nos encontramos con la razón sociológica, es decir, la autoconciencia por parte de un número significativo de ciudadanos y ciudadanas vascas de su identidad diferenciada, ni mejor ni peor que otras identidades, pero sí diferente a la española y a la francesa. Los elementos anteriores historia, territorio, lengua y cultura, sin duda, son la base objetiva para esta autoconciencia, pero su existencia no sería condición suficiente si no se diese la razón sociológica, es decir, la percepción subjetiva de la identidad vasca.
En último lugar está la razón política, es decir, la existencia de un conflicto político como expresión del conflicto de identidades. A pesar de que desde ciertos sectores conservadores y pseudo-progresistas, tanto españoles como franceses, se intenta invisibilizar, es innegable la existencia de un conflicto político, que sufren los vascos, y que también, por supuesto, acaba salpicando a españoles y franceses. La negación del conflicto político, y la pretensión de reducirlo a un problema de violencia, tiene como objetivo expreso evitar cualquier tipo de solución política, ya que si se acepta la existencia de un conflicto político, esto obliga a asumir la necesidad de buscar una solución política. Y al final del trayecto, toda solución política real pasará por reconocer el derecho de autodeterminación del pueblo vasco. Por eso tanto pavor de los mal llamados «defensores de la democracia», que en realidad con su postura política obstaculizan la aplicación de un derecho democrático.
Resulta grotesco que mientras los estados históricamente poderosos e imperialistas, tengan el «derecho» de promocionar el «patriotismo», como un rasgo honorable, moderno e integrador, paralelamente a los pueblos históricamente sometidos y dominados, se les acuse de agitar las banderas del «nacionalismo», como si este fuese un rasgo que genera división, conflicto y racismo. ¿Será entonces, como muy acertada e irónicamente apuntaba Eduardo Galeano hace poco, que el patriotismo es un privilegio de los países poderosos?
Por otro lado, la bendita globalización va a traer como consecuencia, según datos de la UNESCO, que a lo largo del siglo XXI desaparezcan el 90% de las lenguas existentes en el planeta. Se observa, por lo tanto, que los pueblos sin estado están sufriendo el ataque sistemático de los grandes Estados «patriotas» y del fenómeno uniformizador de culturas que trae consigo la globalización neoliberal.
En consecuencia, no es extraño que diversos pueblos del mundo reclamen el reconocimiento del derecho de autodeterminación para poder decidir soberanamente cómo organizarse en este siglo que acaba de comenzar, para decidir si optan por crear estados propios o si, por el contrario, aceptan la permanencia en los Estados ya existentes. Lo importante, por consiguiente, no es tanto si se optará por uno u otro proyecto político, sino por la plasmación real de un derecho básico y democrático, como es el derecho de la autodeterminación. ¿Para cuándo este derecho democrático para el pueblo vasco? -
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