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Gara > Idatzia > Kirolak > REMO 2006-08-31
- Bandera de La Concha -
Astillero estará en la clasificatoria
·El juez desestima el recurso del CAT argumentado que el perjuicio que se le haría al club cántabro sería «irreparable»

DONOSTIA

Astillero estará hoy en la regata clasificatoria para la Bandera de La Concha. Así lo decidió en la jornada de ayer el magistrado José Tomás Rodríguez Rodríguez, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Donostia, que resolvió el procedimiento en el que están envueltos el club cántabro y el Centro de Atracción y Turismo (CAT) de Donostia.

Finalmente, pese a que todo hacía pensar que el juez Rodríguez Rodríguezresolvería a favor de los intereses de la entidad donostiarra, a las 19.00 de ayer dio a conocer su postura a las dos partes. El modo de hacerlo levantó las primeras reacciones de sorpresa, ya que fue el propio magistrado el que puso en conocimiento de Astillero y del CAT su resolución, en lugar de hacerlo mediante la secretaría del Juzgado.

El juez, según el auto, acuerda desestimar el recurso de súplica presentado por el CAT y confirma en su integridad el auto del día 24 de agosto, en el que obligaba al consistorio donostiarra a cursar una invitación a Astillero. De ese modo, el magistrado procede a levantar la suspensión acordada el pasado lunes, mediante la cual el club cántabro quedaba fuera de la regata más importante del calendario arraunlari.

Y es que, según entiende el magistrado, el motivo expuesto por el CAT para no invitar a Astillero ­se dijo que «no existen razones extraordinarias­ no es lo suficientemente claro.

«Ni en la normativa del CAT, ni en las Bases de la Convocatoria, se menciona que debe entenderse por razones extraordinarias. Por consiguiente, se trata de un concepto jurídico indeterminado que debe valorarse en cada caso concreto», dice la resolución del juez.

Según se pudo saber ayer, en el recurso de súplica presentado por los servicios jurídicos del club astillerense se señala que, ante la posibilidad de que el octavo clasificado fuera perjudicado, como había expuesto el CAT ­ese era, precisamente, el punto más polémico­, «lo cierto es que ningún tercero, hasta el momento, se ha personado en este procedimiento como interesado y posible perjudicado, alegando tal perjuicio» .

A ese respecto, el juez resuelve que «los perjuicios de la octava tripulación clasificada son en estos momentos hipotéticos, porque parte de un hecho que no se ha podido producir, porque todas las tripulaciones pueden remar en la regata clasificatoria y acceder a la regata final en igualdad de condiciones, y hasta cabe la posibilidad de que la octava clasificada fuera la propia Astillero», mientras que «los perjuicios que causarían a Astillero serían de imposible reparación como se ha señalado reiteradamente, mientras que los causados a la octava clasificada, pudieran ser reparados económicamente con cargo a la caución prestada».

Falta un punto

El magistrado Rodríguez Rodríguez responde uno a uno a todos los puntos del recurso de súplica del Centro de Atracción y Turismo de Donostia, pero obvia el quinto punto, concretamente el que hace mención a la situación creada por el propio juez, que «ha creado una situación nueva, otorgando a SDR Astillero, con anterioridad al conocimiento del fondo del asunto, un ‘derecho’ a ser invitado».

La resolución del magistrado tampoco es clara en su respuesta al motivo sexto de la súplica de la entidad guipuzcoana, en el que se dice que el recurrente ­en referencia al CAT­ alega «falta de motivación de la resolución recurrida», cuando en realidad, en la alegación presentada por el ente donostiarra se señala que «la medida cautelar afecta gravemente a terceros y a los intereses generales, pues es un hecho notorio que la medida cautelar objeto de los autos lo es respecto de un evento de extraordinaria repercusión social, mediática, económica, cultural y deportiva, que afecta a los interes general del Municipio de Donostia y al interés general de todos los Municipios a los que pertenecen las traineras inscritas para participar en las regatas clasificatoria y finales de la Bandera de La Concha».

Que el CAT arbitre medidas

En su resolución, el juez hace referencia a una de las peticiones de Astillero, según la cual «la organización de la Bandera de La Concha podría arbitrar medidas para evitar el supuesto perjuicio a la octava clasificada, como sería a modo de ejemplo, clasificar para las dos regatas finales a las traineras que obtengan los ocho mejores tiempos y no solo los siete mejores».

En opinión del juez, «esta solución no es extraña, sobre todo en el ámbito de los grandes acontecimientos deportivos, como Olimpiadas o Campeonatos del Mundo de distintas disciplinas deportivas».

El escrito de la Guipuzcoana

La Federación Guipuzcoana, que se reunió el martes para tratar en profundidad la situación creada, decidió realizar un escrito con la intención de presentarlo en la mañana de ayer en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Donostia. En el mismo, los clubes que componen la federación señalaban que, en caso de que Astillero estuviera presente en la Bandera de La Concha, presentarían una denuncia como damnificados.Para ello, se había optado por elegir a uno de los presidentes de entre los clubes guipuzcoanos para que llevara el asunto adelante.

Sin embargo, ese escrito jamás llegó al Juzgado. Y no lo hizo porque así se consideró por parte de la federación, que decidió esperar acontecimientos. La rumorología apuntaba a que ayer podría conocerse la decisión, pero también decía que el juez resolvería en contra de los intereses de Astillero. Al final, los rumores confirmaron lo primero, pero no lo segundo. El escrito, a pesar de todo, será entregado salvo cambio de opinión en las próximas horas.

El recurso de alzada

El affaire que mantienen Astillero y el CAT, pese a todo, no ha llegado a su fin. De hecho, todavía resta por conocer qué es lo que decide el juez sobre el recurso de alzada presentado por el Ayuntamiento donostiarra. En principio, la resolución final podría conocerse antes del segundo domingo de La Concha, pero habrá que esperar. Lo cierto es que existen casos en los que la decisión final se ha alargado incluso durante más de un año.


 
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