Lakua incoa expediente para proteger el santuario paleolítico de Praileaitz
El Boletín Oficial de Gipuzkoa ha publicado esta misma semana la resolución del Departameto de Cultura de Lakua en virtud de la cual se incoa expediente de declaración de la cueva de Praileaitz, en Deba, como bien calificado, con la categoría de monumento. La incoación no impide, sin embargo, que continúe la explotación de la cantera contigua.
DEBA
En 2000, el avance de la cantera de Sasiola obligó a encargar a un equipo de Aranzadi dirigido por Javier Peñalver una excavación de urgencia en Praileaitz 1. Los hallazgos que en sucesivas campañas se han reali- zado en la cueva, que hace unos 15.500 años acogió la actividad ritual de un chamán, la han convertido en uno los yacimientos paleolíticos más importantes de Europa de los últimos años, hasta el punto de que, en octubre pasado, el diputado general, Joxe Joan Gonzalez de Txabarri, se comprometió a emprender las acciones pertinentes para protegerla.
Sin embargo, el Departamento de Cultura de Lakua, competente en la materia, no las tenía todas consigo, hasta que en agosto los arqueólogos encontraron también pinturas en las paredes de Praileaitz: más de veinte signos, puntos y rayas, trazados en rojo. Ya no cabía dudar. La Ley de Patrimonio es taxativa al respecto.
La existencia de estas pinturas fue hecha pública a primeros de noviembre, pero no por las instituciones, sino por Mutriku Natur Taldea, cuyos miembros denunciaron que el yacimiento estaba «fuertemente amenazado», toda vez que la actividad de la cantera no sólo no se había reducido desde el hallazgo de las pinturas, sino que se había incrementado.
Lakua, que no respondió a la denuncia de Natur Taldea, ha incoado finalmente el expediente para declarar monumento el «santuario» ése es el término que emplea en su resolución de Praileaitz. Avanza también el régimen de protección, para el que establece tres áreas: el Area Interior de la Cavidad (AIC), el Area de Inmediata Protección (AIP) y el Area de Protección Específica (APE). El AIC incluye la totalidad de la cueva y en ella sólo se permiten actividades científicas relacionadas con el yacimiento. El AIP es un espacio de cien metros de radio contados desde la boca exterior de la cueva en el cual las actividades estarán bajo el control del Servicio de Patrimonio Cultural de la Diputación. El APE es un área bastante más amplia en la que, según puede leerse en el boletín, «si bien no se tipifican usos incompatibles, debe haber control sobre algunas actividades especialmente agresivas con el santuario, como la contaminación química y las vibraciones por voladuras».
El Departamento de Cultura ha habilitado un plazo de veinte días para que los interesados presenten alegaciones.
El principio de precaución
Martin ANSO
La resolución de Lakua podría considerarse un síntoma de normalidad, de que la protección de Praileaitz va por buen camino. Es verdad que cabe poner peros al régimen previsto. Por ejemplo, ¿son suficientes esos cien metros de radio del AIP? Pero ésta y otras cuestiones son discutibles y, en todo caso, aleglables en el plazo de veinte días que se abre ahora. El problema es que, mientras la protección se materializa, la explotación de la cantera continúa. Así las cosas, la resolución, que, en principio, como queda dicho, debería ser valorada como positiva, no lo puede ser tanto. Y es legítimo preguntarse si las instituciones están aplicando con todas las consecuencias el principio de precaución, de cara a que la integridad de la cueva, pinturas incluidas, no corra en ningún momento peligro. -
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