Iulen Urbiola Loiarte - Licenciado en Derecho
«IDIADA»
Incongruencia, Discrecionalidad, Inseguridad y Ambigüedad. Cuando una ley padece de todos estos síntomas puede tener el mal de la Discriminación y estar contagiada por el virus de la Arbitrariedad. Por su parte, el vademécum del buen hacer legislativo exige que una ley arbitraria sea revisada porque no salvaguarda correctamente los objetivos para los que se aprobó. Se cumplen veinte años de la Ley Foral del Vascuence, LFV. Desde mucho antes de su nacimiento, esta Ley ha estado sometida a la mayoría política, en vez de atender a sus objetivos: proteger y normalizar el uso y conocimiento del euskara en Navarra. En 1980, el Parlamento de Navarra aprobó una resolución determinando que castellano y euskara serían las lenguas oficiales de Navarra, y que dicho principio se incorporaría a las Bases de Reintegración Foral y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. Sin embargo, tal y como recuerda el señor Del Burgo, en Madrid hubo que llegar a un punto de equilibrio y éste pasó por incumplir el mandato del Parlamento navarro y someterse a los dictados del nacionalismo espa- ñol. Nació la zonificación.
Incongruencia La LFV establece como objetivos amparar el derecho de todos a conocer y usar el vascuence, proteger su recuperación y desarrollo, así como garantizar su uso y enseñanza. Veinte años después, la zonificación es el mayor impedimento para el desarrollo de estos objetivos. La existencia de zonas impide el derecho de los ciudadanos a usar el euskara en sus relaciones con las administraciones públicas y a que todos puedan recibir la enseñanza en euskara en los diversos niveles educativos. Hoy ambos derechos no se cumplen ni siquiera en la zona vascófona.
Discrecionalidad El principio de discrecionalidad administrativa no supone una potestad absoluta. Es decir, el Ejecutivo no puede hacer lo que quiera y cuando quiera. Tiene límites y objetivos. Sin embargo, en el desarrollo y aplicación de la LFV, el Gobierno de Navarra está haciendo lo que quiere y cuando quiere. La decisión de rotular la zona mixta en bilingüe cuando así se considere por el Ejecutivo. La legalización ahora y no hace diez años de las ikastolas alegales, sin cambiar la norma. La denegación de licencia a Euskalerria Irratia pese a la pro- fesionalidad y compromiso de sus trabajadores. Y la zonificación nuevamente. Tal y como reconoce el señor Pegenaute en el debate de la LFV, la zonificación sólo responde a criterios políticos. Y cuando el reconocimiento de los derechos de los ciudadanos depende del capricho del gobernante nos alejamos de los principios democráticos para volver a formas autoritarias. La denegación, por parte de UPN-PP y CDN, de las solicitudes de pueblos de la zona No Vascófona de que fueran incluidas en la zona mixta es una respuesta arbitraria y abusiva de la administración.
Inseguridad El uso discrecional que el Ejecutivo está haciendo de la LFV está generando una terrible inseguridad jurídica. El giro de 180º que en el desarrollo de la Ley significó el Decreto Foral 372 del año 2000 es prueba de ello. Con su aprobación, los ciudadanos de la zona mixta, de la noche a la mañana y por decreto, nos quedamos sin derecho al uso del euskara en el espacio que alberga la mayor cantidad de euskaldunes del territorio foral. Cuando una ley para la recuperación y normalización lingüística permite semejante saqueo en el uso y disfrute de la lengua no está cumpliendo su función.
Ambigüedad La redacción de la LFV es vaga. El articulado es contradictorio en ocasiones e impreciso en otras. Apenas se determinan derechos y obligaciones, lo que es el perfecto caldo de cultivo para la Incongruencia, Discrecionalidad e Inseguridad. En el debate parlamentario de la Ley vemos tres posturas diferentes. La primera entiende que el euskara sólo ha de ser oficial en la zona vascófona. La segunda comprende que también hay vida en euskara mas allá de la zona vascófona, pero no más lejos del sur de la capital. La tercera ve como un error la zonificación ya que, si bien en diferentes grados, existe vida en euskara en toda Navarra y no cabe ponerle puertas al campo. De estas tres posturas, dos nego- ciaron y la tercera, por ausencia de su representación mayoritaria del juego parlamentario, no tuvo fuerza suficiente para mercadear. La táctica negociadora del resto pasó por no profundizar en los derechos del ciudadano y las obligaciones de la administración. Así, por ejemplo, la zona mixta se ventila en dos artículos que valen para afirmar que existe el derecho de dirigirse a la administración en euskara pero ésta no tiene la obligación de contestar, dando una nueva perspectiva a la comunicación.
Discriminación Las situaciones discriminatorias de facto que esto genera han llevado a la Oficina de las Lenguas Minori- tarias a manifestar que los poderes ejecutivos regionales y algunos locales están legislando y acotando el uso de la lengua vasca a espacios geográficos que más recuerdan al concepto de ghetto que al de una política de desarrollo y normalización. El Consejo de Europa también ha solicitado la extensión del uso oficial del euskara a la zona mixta. Sin embargo, el Gobierno de Navarra apela a la libertad y a la no discriminación para justificar sus políticas restrictivas. Cuando el pez grande le habla de libertad y derechos al pez pequeño, este último tiembla.
Arbitrariedad Es la palabra que resume la situación a la que están sometidos el euskara y sus usuarios hoy en Navarra. La LFV tiene unos objetivos válidos pero el articulado posterior no garantiza el cumplimiento de los mismos. ¿Se puede afirmar hoy que en todo Navarra sus ciudadanos tienen amparado el derecho a conocer y usar el vascuence y garantizado su uso y enseñanza? La respuesta es obvia, ni siquiera en la entrada de la capital se ve su nombre en euskara. Así, una ley que no garantiza el cumplimiento de sus objetivos es una ley que exige su revisión y adecuación. De lo contrario se actúa en fraude.
Con su actual redacción la Ley Foral del Vascuence no imposibilita la extensión del modelo D a toda Navarra ni la presencia del euskara en todo el espacio publico. Ni siquiera la zonifi- cación es impedimento para ello. Sólo la voluntad política lo frena. La ambigüedad en la redacción de la ley permite desarrollos antagónicos y así como hoy vivimos políticas lingüísticas restrictivas, mañana, bajo el mismo marco jurídico, podemos ser objeto de una política lingüística garantista. Sin embargo, ésta no es la solución deseable. La seguridad jurídica que debe brindar a los ciudadanos un estado democrático exige que los derechos del individuo y las obligaciones de la administración estén definidos y no giren al capricho político. Más aún si se trata de normas para la protección de minorías.Es necesaria la revisión de la LFV, para amparar el derecho de los ciudadanos a conocer y usar el euskara, proteger su recuperación y desarrollo así como garantizar su uso y enseñanza. En definitiva, para profundizar en valores democráticos. No obstante, cualquier cambio en esta materia requiere de mayoría absoluta en el parlamento, así lo ordena la LORAFNA, y los partidos políticos en sede parlamentaria hacen lo que quieren, lo que les interesa y/o lo que pueden. Mientras tanto tal y como recoge la UNESCO en su Libro Rojo, el euskara y los euskaldunes, seguiremos en la lista de especies en proceso de extinción. -
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