GaraAzkenak - Paperezkoa - English Edition  |  Le Journal
EUS | ES | FR | ENG
 » PAPEREZKOA
  -Aurkibidea
  - EuskalHerria
- Jendartea
- Ekonomia
- Iritzia
- Mundua
- Kultura
- Kirolak
 » AZKENORDUA
 » ENGLISH EDITION
 » DOSIERRAK
 » DOKUMENTUAK
 » IRUDITAN
 » HEMEROTEKA
 » Produktuak
Gara > Idatzia > Euskal Herria 2006-12-14
18/98+...
Los peritos de Hacienda sacan a la luz errores de bulto en el escrito del fiscal
En este macrosumario, son los delitos económicos que imputa la Fiscalía los que acarrean las mayores peticiones de condena. Ayer, los peritos dejaron en evidencia la labor de la parte acusatoria, resaltando clamorosos errores en el escrito de calificaciones. Además, confesaron desconocer la existencia de importantes documentos.

MADRID

Además de admitir que a la hora de hacer sus informes desconocían el contenido, o la propia existencia, de documentos favorables a la defensa, los funcionarios del Ministerio de Hacienda que declaran como peri- tos corrigieron ayer varios aspectos que el fiscal incluye en su escrito de calificaciones. Además, rechazaron algunas de las imputaciones que sostiene la acusación en este sumario.

Comenzó el interrogatorio Iñigo Iruin, anunciando que se centraría en los delitos fiscales que se imputa a algunos de los procesados relacionados con el Consejo de Administración de Orain, en relación a un supuesto intento de eludir el pago del Impuesto de Sociedades y el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en los ejercicios correspondientes a 1993 y 1994.

A este respecto, recordó que en su informe los peritos señalan que, en este caso concreto, no se puede imputar simultáneamente a los acusados un delito de insolvencia punible ­alzamiento de bienes­ y un delito fiscal porque ambos son «excluyentes», de forma que se puede acusar de uno o de otro, pero no de ambos a la vez.

«Ese es nuestro criterio», corroboraron los funcionarios. Un criterio que, sin embargo, no sigue el fiscal, al acusar a cinco de los encausados de ambos delitos a la vez. Hay que recordar que es por este tipo de delitos de carácter económico por lo que se piden las mayores condenas en todo el sumario.

No se eludió el pago

Una vez aclarado este aspecto, el letrado abordó el supuesto referido al Impuesto de Sociedades. Según la Fiscalía, la empresa Orain no registró en 1993 el traspaso de unos bienes, que siguió amortizando en los ejercicios siguientes, minorando de este modo el pago a realizar en el Impuesto de Sociedades.

Concretamente, Molina se refiere a los años 1993 y 1994, y pide cuatro años de cárcel para cada imputado por un «delito contra la Hacienda Pública» por cada ejercicio. Ocho años de prisión en total.

Sobre este tema, Iruin recordó que en el Impuesto de Sociedades el hecho imponible es el beneficio obtenido por la empresa, mientras que la base imponible, el objeto de gravamen, es la renta obtenida restándole las bases imponibles negativas que pudieran arrastrarse de ejercicios anteriores por haberse producido pérdidas.

«Así es», convino con el abogado uno de los funcionarios.

En ese momento, Iruin pidió que fueran expuestas las cuentas de Pérdidas y Ganancias de Orain de los años 1991, 1992 y 1993. Como pudo comprobarse, en los tres casos arrojaban saldos negativos. 13 millones de pesetas, 94 millones de pesetas y 395 millones de pesetas de pérdidas, respectivamente.

Siguiendo la tesis de la acusación, por la amortización del mencionado bien la base imponible en 1993 debía haberse incrementado en 26 millones, y en 48 millones en 1994.

«Se puede afirmar que esos incrementos quedarían totalmente compensados por las bases imponibles negativas de los ejercicios anteriores, ¿no?», preguntó el abogado defensor al funcionario, quien respon- dió afirmativamente. «De mo-do que no se puede hablar de eludir el pago del impuesto», insistió Iruin. «No, en base a los datos que hemos visto, no», respondió.

«¿Habían examinado antes esta documentación?», inquirió entonces el letrado. Los peritos se habían sorprendido al ver las cuentas de Pérdidas y Ganancias, que ojearon durante bastante tiempo. «No, esta documentación no la habíamos vis- to», replicó el experto de Hacienda. «¿No habían visto las cuentas de Pérdidas y Ganancias de Orain?», repitió incrédulo Iruin. «No», otra vez.

A continuación se centraron en el supuesto impago del IVA. Fue en esta parte del interrogatorio donde salió a relucir el fallo más clamoroso del fiscal.

En su informe, los peritos sostienen que por la compraventa de bienes de 1993 Orain debía pagar 91 millones en concepto de IVA, y que sólo abonó 10 millones, en 1995. Agregan que incluso si se hubiera tomado como referencia el valor que la empresa daba a esos bienes, el pago debería ser de 22 millones. Este último dato lo ponen como «elemento comparativo», pero no porque pensaran que Orain debía esos 22 millones.

«Era algo aclaratorio; de esa cantidad nos podemos olvidar», señalaron ayer.

«Eso no tiene sentido»

Sin embargo, el fiscal, en su escrito, acusa a Orain de defraudar 81 millones en 1993 y 22 millones en 1994. Los peritos no ocultaron su sorpresa. «Eso no tiene sentido», declararon cuando conocieron este hecho.

Respecto de la cantidad de 81 millones supuestamente adeudada por Orain, aparte de no poder acreditar que efectivamente esa deuda existiera, los funcionarios dejaron claro que el fiscal también se había equivocado al interpretar su informe. En éste, sostienen que el pago de 10 millones en 1995 interrumpe la prescripción tributaria del derecho a cobrar por parte de Hacienda, pero no hablan de la prescripción penal ­que es lo que defiende el fiscal­, que es algo independiente.



Tampoco conocían el acuerdo entre Orain y la Seguridad Social

I.B.
MADRID

La Fiscalía acusa a Orain de haber realizado un traspaso de bienes en 1993 a la sociedad Ardatza a fin de que la Seguridad Social no pudiera embargarlos ­la ya famosa compra-venta con pacto de retro­, y acusa a sus responsables de un delito de ocultación o alzamiento de bienes.

Sin embargo, los hechos no se corresponden con esa tesis, tal como fue relatando ayer Alvaro Reizabal.

El abogado de la defensa explicó que la práctica totalidad de esos bienes ­sólo la mancheta de “Egin” quedó exenta­ fueron embargados por la Seguridad Social en marzo de 1994. Un embargo que afectó incluso a Egin Irratia, que no estaba incluida en la operación de 1993.

Este hecho, que no fue discutido por los responsables del diario, no cuadra con un intento de «ocultar los bienes» y «eludir la deuda».

Reizabal recordó, además, que Orain saldó la deuda que tenía con la Seguridad Social en todos los herrialdes excepto en Gipuzkoa, y que en este territorio negoció y llegó a un acuerdo con la Tesorería General de la Seguridad Social para aplazar la deuda, con un calendario y garantías de pago.

«Pecado de deseo»

A petición suya, fueron expuestos a los peritos todos los documentos que acreditan estos hechos: apuntes de embargo, certificados de las haciendas, actas de las reuniones con la Seguridad Social y los informes favorables al aplazamiento de la TGSS de Gipuzkoa.

Resulta que, según confesaron, los peritos no tenían conocimiento de estos hechos, que de ninguna manera concuerdan con la tesis acusatoria. «Parece ser que al final Orain sí pagó», admitió uno de los funcionarios, quien reconoció que de tener esos documentos sus conclusiones «habría que matizarlas». Un compañero suyo defendió que «sí se pensó ocultar los bienes» pero que, «por razones que desconozco, parece que al final no se llevó a cabo».

«Entonces, como mucho, estaremos hablando de un pecado de deseo, ¿no?», respondió el letrado al aún asombrado perito.


 
Inprimatu
...Albiste gehiago
Euskal Herria
Batasuna presentará una propuesta a París dos años después de Anoeta
Jendartea
«Egun seinalatua da hau guretzat»
Euskal Herria
Garzón ordena que se grabe en vídeo a las personas detenidas incomunicadas
Kirolak
«Que yo sepa, por ser favorito en la final no te regalan ningún tanto»
Euskal Herria
Zapatero insiste en que dará «pasos firmes» pero no concreta el momento
  CopyrightGara | Kontaktua | Norgara | Publizitatea |  rss