El TSJPV preguntará a la UE si en Euskal Herria cabe aplicar la «sentencia Azores»
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) planteará una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea con el objetivo de «acelerar una resolución definitiva» sobre el conflicto referente al Impuesto de Sociedades de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa. En los autos dictados ayer por el TSJPV, se cree preciso aclarar las dudas sobre si las normas de los tres herrialdes se ajustan a la Unión Europea.
BILBO
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) planteará una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que se pronuncie en torno a si la conocida como «sentencia de las Azores» puede aplicarse al litigio sobre el Impuesto de Sociedades de Araba, Bizkaia yGipuzkoa. La citada sentencia del Tribunal de la UE, dictada el 6 de septiembre, reconoce el derecho de las Islas Azores, como región autónoma, a fijar un tipo impositivo reducido en su territorio, razón por la que las instituciones vascas recurrieron al TSJPV para que anulara la suspensión cautelar que pesa sobre el Impuesto de Sociedades que aplican las haciendas forales de los herrialdes alavés, vizcaino y guipuzcoano. En los respectivos autos dictados ayer al respecto por el TSJPV, que son firmes y contra los que no cabe la posibilidad de presentar recurso alguno, los magistrados no se pronuncian sobre la petición de las diputaciones de que se levante la suspensión cautelar de los impuestos forales de sociedades, que establecían un tipo impositivo inferior al vigente en el Estado español. Con las resoluciones dadas a conocer, el TSJPV pretende «acelerar una resolución definitiva sobre el conflicto», ya que, en su opinión, los criterios del Tribunal de la Unión Europea «prevalecen sobre la jurisprudencia interna de cada Estado en estas materias».
Seis autos similares Recalca el TSJPV que «la Sala del País Vasco, lo mismo que todas las partes litigantes en los varios recursos que actualmente se siguen, quedará vinculada estrechamente a lo que dicho Tribunal de la Comunidad Europea sentencie».
Los autos implican la suspensión del plazo para dictar sentencia sobre este asunto «hasta tanto se resuelva la cuestión que se suscita o de otro modo quede la misma sin efecto». En total, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal, ha presentado seis autos con similar contenido, referidos a las tres demandas presentadas contra el Impuesto de Sociedades de Bizkaia por parte de los gobiernos de La Rioja y Castilla-León y UGT Rioja, las dos contra Gipuzkoa por los ejecutivos de La Rioja y Castilla-León y la presentada contra Araba por el gobierno autonómico castellano-leonés.
|