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Gara > Idatzia > Iritzia > Ezbaika 2006-06-21
Iker Gallastegi
La autodeterminación

Para las naciones sometidas contra su voluntad por estados opresores existen, según nos demuestra la historia, dos procedimientos principales para poder independizarse: recurrir a la lucha armada para obligar al estado opresor a dialogar y negociar un acuerdo que respete sus derechos nacionales o hacer uso del derecho de autodeterminación, para poder lograr lo cual es posible que también se vea obligado a recurrir a la lucha armada, pues los estados opresores, desgraciadamente y para su deshon- ra, aunque exista alguna excepción que confirma la regla, tampoco suelen conceder de buena gana este derecho internacionalmente reconocido.

Del primer procedimiento no vamos a tratar ahora pues es el que, directa o indirectamente, ha tenido que utilizar la inmensa mayoría de los pueblos que han conseguido su independencia y es, por lo tanto, harto conocido. La naturaleza del segundo, el de servirse de la autodeterminación, por ser históricamente más reciente y haberse utilizado por pocos pueblos, es menos conocida.

Autodeterminarse es un derecho que el concierto de naciones y las diversas instituciones internacionales han convenido y reconocido como método democrático (?) para que los pueblos colonizados y sometidos puedan independizarse. Ningún estado tiene, a pesar de que lo hacen abusando de su poder, derecho a impedir que un pueblo utilice este procedimiento si así lo desea; ni a obligarle a utilizarlo si no lo desea. Unicamente el pueblo sometido tiene derecho a optar por valerse de él o renunciar a hacerlo, pues si no tiene posibilidades de ganar, evidentemente no deseará utilizarlo. A no ser que, aunque de momento corra el riesgo de no ganar, quiera asentar y confirmar ese derecho por considerar que le puede ser favorable en el futuro.

Por ejemplo: moralmente España tiene derecho a que Gibraltar le sea retornado por el Gobierno inglés, pero es evidente que sería absurdo que España recurriese a la autodeterminación para conseguir su objetivo pues los funcionarios británicos y los muchos españoles que allí residen y chupan del bote son mayoría. Sin embargo, también tenemos el caso de Quebec, que lo intentó una primera vez, fracasando rotundamente; la segunda vez casi lo consigue y, probablemente, la tercera vez será la vencida y lo con- seguirá.

Digamos, pues, que la autodeterminación es un derecho inalienable en el sentido de que es intransferible, pues únicamente el pueblo sometido tiene derecho a decidir si lo utiliza o no.

Ahora bien, lo que ni los estados opresores ni los pueblos oprimidos pueden hacer es otorgarle a la autodeterminación carácter autentificador o legitimador del derecho que todo pueblo tiene a que su independencia sea respetada. Este es un derecho natural que no depende ni está sujeto al capricho circunstancial de mayorías o minorías puntuales. Hoy sí, mañana, no. Ningún derecho fundamental debe estar subordinado a votaciones coyunturales.

El derecho de un pueblo a ser independiente, es decir, a decidir de su presente y su futuro sin imposiciones extranjeras, es históricamente muy anterior y éticamente muy superior al derecho de autodeterminación, que es de muy reciente aceptación. Incluso se podría argumentar que un pueblo oprimido no puede autodeterminarse libremente, pues su dependencia económica, política, social, educacional y hasta mental del estado opresor hace que un plebiscito libre sea inviable por condicionado. Lo cual invalidaría su utilización y haría que únicamente los pueblos independientes podrían utilizar las urnas debidamente para decidir su futuro. Además, los estados imperialistas te invaden militarmente y te dominan por la fuerza sin más requisitos. Nunca se celebra un plebiscito de autodeterminación para saber si el pueblo conquistado está de acuerdo o no. ¿Por qué para volver a gozar de la libertad que se tenía antes de la invasión o apropiación los pueblos sometidos deben autodeterminarse? La autodeterminación no es más que una manera, reconocida internacionalmente y hasta cierto punto democrática, de evitar que los conflictos entre pueblos oprimidos y sus opresores tengan que resolverse violentamente. No tiene otro mérito ni debe tener otra pretensión.

El que la independentista izquierda abertzale sólo reclame el derecho de autodeterminación y prometa respetar el resultado, sea éste favorable o negativo, es una concesión, un gesto de buena voluntad para facilitar un posible diálogo y negociación con el Estado español. -


 
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