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Gara > Idatzia > Iritzia > Editoriala 2006-05-04
La cara y la cruz de un auto judicial

El juez de la Audiencia Nacional española Santiago Pedraz ha dejado sin efecto la medida cautelar de prisión provisional decretada el pasado jueves por otro juez del mismo tribunal contra Sandra Barrenetxea, a quien, además, no ha impuesto ninguna medida cautelar. La Guardia Civil detuvo a esta vecina de Bilbo el pasado día 24, relacionándola con el joven Ibon Meñika y acusándola de «colaboración con banda armada». A su paso ante el juez en situación de incomunicación, Sandra Barrenetxea se negó a declarar, al igual que hiciera anteriormente ante la Guardia Civil, a pesar de lo cual Ismael Moreno decretó su prisión incondicional, basándose en un solo elemento: la declaración inculpatoria que, presuntamente, habría realizado Ibon Meñika ante la Guardia Civil. Es precisamente este hecho el que ha llevado al juez Pedraz a decidir su excarcelación, basándose en el artículo 503.2º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que una mera declaración policial «no basta para destruir la presunción de inocencia que le ampara».

El auto dado a conocer ayer tiene su cara precisamente en el hecho de que, contrariamente a lo que acostumbran los jueces de la Audiencia Nacional cuando se trata de ciudadanos vascos, ha primado la presunción de inocencia en un caso en el que la única «prueba» contra la persona detenida es la supuesta inculpación de otra en declaración policial. Una medida que, de aplicarse de forma habitual, habría evitado la estancia en prisión de centenares, tal vez miles, de ciudadanos y ciudadanas vascas, e impedido la existencia de sumarios construidos única y exclusivamente sobre declaraciones que han sido arrancadas en la impunidad de los calabozos policiales.

Pero la decisión del juez Pedraz tiene su cruz precisamente en lo que no nombra. No tiene en cuenta que, según le relató en persona Ibon Meñika, la declaración que realizó ante la Guardia Civil le fue arrancada con torturas. No tiene en cuenta que, a pesar de que el joven no ratificó su declaración policial ante el fiscal y el juez, Sandra Barrenetxea fue detenida y acusada. Y no tiene en cuenta que Sandra Barrenetxea ha tenido que pasar por su detención, registro domiciliario, prisión y, según ha denunciado a su abogada, malos tratos y vejaciones, para que ahora se reconozca que no hay razones para inculparla y para que, en consecuencia, se respete su presunción de inocencia. -


 
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El juez Pedraz asume que una declaración policial no basta para ordenar prisión
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