2006-05-04
La cara y la cruz de un auto judicial
El juez de la Audiencia Nacional española Santiago Pedraz ha dejado sin efecto la medida cautelar de prisión provisional decretada el pasado jueves por otro juez del mismo tribunal contra Sandra Barrenetxea, a quien, además, no ha impuesto ninguna medida cautelar. La Guardia Civil detuvo a esta vecina de Bilbo el pasado día 24, relacionándola con el joven Ibon Meñika y acusándola de «colaboración con banda armada». A su paso ante el juez en situación de incomunicación, Sandra Barrenetxea se negó a declarar, al igual que hiciera anteriormente ante la Guardia Civil, a pesar de lo cual Ismael Moreno decretó su prisión incondicional, basándose en un solo elemento: la declaración inculpatoria que, presuntamente, habría realizado Ibon Meñika ante la Guardia Civil. Es precisamente este hecho el que ha llevado al juez Pedraz a decidir su excarcelación, basándose en el artículo 503.2º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que una mera declaración policial «no basta para destruir la presunción de inocencia que le ampara».
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